El Tribunal Supremo emitió este viernes una determinación que, en esencia, establece que los Fiscales Especiales Independiente (FEI) “poseen jurisdicción para investigar, denunciar y procesar criminalmente a los individuos particulares”, si la conducta delictiva es descubierta como resultado de una investigación contra funcionarios de gobierno encomendada por el Departamento de Justicia.

La decisión se fijó en un pleito incoado en el caso criminal contra Juan Maldonado y a Aaron Vick, quienes eran representantes de la empresa Apex General Contractors y se alega cometieron irregularidades en la compra fallida de pruebas rápidas para detectar el COVID-19 al inicio de la pandemia en el 2020.

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La determinación fija que “el Fiscal Especial tendrá la autoridad para realizar toda clase de investigaciones de individuos, entidades y documentos relacionados con su jurisdicción o encomienda -con excepción de los archivos que sean confidenciales-, y representar al Gobierno de Puerto Rico ante los tribunales”.

La decisión añade que la pesquisa contra Maldonado y Vick inició a base de un referido del Departamento de Justicia.

“El Panel ejerció adecuadamente la facultad que la propia ley le confirió para decidir investigar a los sujetos envueltos con miras a procesarlos criminalmente, pues en ese momento se le imputaba o atribuía a varios funcionarios políticos la posible comisión de delitos. Esta determinación jurisdiccional, de igual forma, encuentra apoyo en el inciso 2 del Art. 11 de la Ley del PFEI, supra. Por lo tanto, en el pleno ejercicio de sus facultades legales, el Panel nombró a los Fiscales Especiales y delimitó su jurisdicción para realizar una investigación a fondo sobre la compra de pruebas para atender la pandemia del COVID-19 y llevar a cabo el posible procesamiento criminal de funcionarios públicos e individuos particulares conforme a los resultados de su investigación. Ahora bien, culminada la investigación encomendada, los Fiscales Especiales concluyeron que únicamente procedía presentar cargos criminales en contra de dos individuos particulares por su alegada intervención ilícita en el proceso de la otorgación de un contrato gubernamental. Cabe entonces preguntarse si, ante este cuadro, los Fiscales Especiales aún tenían jurisdicción para presentar los cargos criminales que estimaban procedentes a la luz de su investigación. La respuesta es que sí”, se concluyó.

Por ello, los jueces del Supremo determinaron revocar una sentencia del Tribunal de Apelaciones que dictaba lo contrario y ordenar al Tribunal de Primera Instancia a continuar el proceso para juzgar a Maldonado y a Vick.

Contra Maldonado, quien era el abogado gestor del controvertible contrato otorgado a la empresa de construcción Apex General Contractors para conseguir las pruebas médicas, pesan cargos de tentativa de fraude, falsificación de documentos privados, falsificación ideológica, traspaso de documentos falsificados e intervención ilegal o indebida en procesos gubernamentales.

Vick, por su parte, está acusado de iguales cargos, exceptuando la falsificación de documentos privados. Este aparecía como el enlace de la empresa Apex General en la transacción.

En esta pesquisa, realizada por el FEI y el Departamento de Justicia, fueron implicados la exgobernadora Wanda Vázquez, así como Lillian Sánchez, subsecretaria de la Gobernación; Mabel Cabeza, funcionaria de La Fortaleza adscrita al task force médico del coronavirus, y el general José Burgos, quien fue comisionado del Negociado de Manejo de Emergencias. Ninguno de estos exfuncioanrios fue acusado.

Fue el 26 de marzo de 2020 que se le adjudicó el contrato de $38 millones a la empresa constructora Apex para adquirir pruebas rápidas de COVID-19. Ese contrato fue cancelado, luego de que un banco detuviera la millonaria transacción y los detalles de la irregular compra salieran a la luz pública.

Según trascendió, en un proceso expedito, el gobierno pretendió comprar a sobreprecio a la empresa de construcción un millón de pruebas serológicas sin ninguna experiencia en el manejo de productos médicos.