Mientras casi 15,000 hipotecas están en riesgo de ejecución por sus tenedores haber pasado los 90 días sin hacer un pago, los desahucios de vivienda en Puerto Rico, así como los casos de expropiación van en aumento.

Todos, son procesos que podrían ir en contra del derecho a una vivienda digna y adecuada, como lo establece la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

Para hacerlo valer, Espacios Abiertos y Microjuris organizaron hoy, sábado, el tercer Taller Legal Abierto “La vivienda es un derecho” en el que los abogados Ricardo Ramos, Verónica González y Luis José Torres Asencio explicaron al público las defensas que tienen en alguno de estos casos. 

González explicó que en los procesos de expropiación, muchas personas desconocen que no tienen que simplemente aceptar la cantidad de dinero que les ofrezca el estado o el municipio y que no tienen irse de manera automática tan pronto les llegue una demanda de este tipo. 

Añadió que las personas que mantienen una hipoteca deben saber que al atrasarse en sus pagos, el acreedor tiene la obligación de hacer un primer acercamiento al deudor mediante llamada telefónica. “Esta no debe ser en ánimos de intimidación, sino para dejarle saber a la persona que está tarde en su pago e informarle las alternativas que tiene si no puede pagar”, estableció.

La abogada apuntó que el perder un trabajo o enfrentar la enfermedad de un familiar no le va a excusar por no pagar, pero una intervención a tiempo podría proveer algún mecanismo, como podría ser un plan de pago, que le permita al deudor ponerse al día.

Por su parte, Torres Asencio expuso “lo atropellados que son los procesos de desahucio y lo desafortunado de la política pública en esos temas”. 

Y es que existía una Ley de Alquileres Razonables que ofrecía protecciones a quienes alquilaban una propiedad, pero esta se derogó y cada vez más se ha legislado para agilizar los procesos de desahucio, señaló el abogado.

“Como país, estamos haciendo más fácil que una persona pueda quedar en la calle, a tal extremo, que la ley ahora mismo permite que en menos de un mes, desde que se presenta una demanda de desahucio, ya una persona pueda estar desalojada, dependiendo de lo que ocurra en el tribunal”, abundó.

“Tenemos casos extraordinarios en los que a las personas se les notifica de la presentación de una demanda contra ellos unos días antes de que se va a celebrar la vista, llegan a esa vista, no entienden muy bien lo que está pasando y ese mismo día ya le dictaron una sentencia en su contra ordenando que desalojen la propiedad y unos después ya está una orden de lanzamiento para que se tengan que recoger sus pertenencias y queden en la calle”.

En estas circunstancias, dijo, muchos no tienen una idea clara del proceso que enfrentan. A veces renuncian a derechos sin saberlo y llegan a algunos acuerdos y arreglos con la parte que los demanda y el tribunal que no necesariamente son beneficiosos. 

Por ejemplo, algunas personas hacen algunos planes de pago con el dueño de la propiedad, se comprometen a pagar la deuda a plazos, pero como parte de ese acuerdo se allanan a que les dicten una sentencia en su contra. Eso significa que, si se atrasan, aunque sea por un día, como ya tienen una sentencia en su contra, la otra parte puede ir al tribunal para ordenar que desaloje.

“Son situaciones bien desagradables que ponen en perspectiva la falta de humanidad y la falta de justicia social que hay en nuestro ordenamiento jurídico en cuanto a estos temas en unos momentos muy críticos en que la sociedad civil está viviendo atropellada por la crisis que vivimos y las facturas que nos siguen pasando los distintos gobiernos”, sostuvo Torres Asencio.

El abogado sugirió que se enmiende la Ley de Desahucios para proveer términos más amplios y que la resolución sea más justa para arrendadores y arrendatarios. Cuando a una persona le dictan una sentencia en contra en casos de desahucio, la ley solo provee cinco días para que quien está perjudicado por la sentencia pueda apelar, mientras que en los casos ordinarios, el término para apelar es de 30 días. 

Consideró, además, que los casos de participantes de programas de vivienda pública se deben trabajar de manera independiente al resto, pues estos tienen que cumplir con otros requisitos que no tienen los demás habitantes de una propiedad alquilada. 

“Si el proceso de desahucio en casos de vivienda pública es tan expedito, nos corremos el riesgo de estar echando a la calle a personas que están en la última posibilidad que tenían de tener una vivienda adecuada y probablemente van a formar parte de la población de personas sin hogar, que es un problema creciente que tenemos”, observó.

El Taller Legal Abierto surge de una colaboración entre Espacios Abiertos y Microjuris y tiene como objetivo promover el acceso a la justicia, creando espacios donde las personas puedan obtener información legal gratuita y accesible.

Los materiales educativos de la orientación serán publicados en ayudalegalpr.org, una herramienta gratuita creada por Espacios Abiertos con el propósito de que las personas conozcan sobre derechos, leyes y procesos legales.