Aunque trabajan jornadas completas y muchos mantienen relaciones laborales a largo plazo con sus patronos, los empleados domésticos en Puerto Rico carecen de las protecciones básicas que gozan la mayoría de los trabajadores en el ámbito público y privado.

En busca de atenuar esa disparidad, la Cámara de Representantes evalúa una medida que crearía la “Carta de Derechos de Empleados y Empleadas Domésticos”, y otra que extendería para estos trabajadores las garantías que concede la Ley de Despido Injustificado (Ley 80-1976).

La pieza que aumentaría el alcance de la Ley 80 contó este jueves con el aval del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DTRH), del Departamento de Justicia (DJ) y de la Oficina de la Procuradora de las Mujeres (OPM). Sin embargo, aunque simpatizaron con la intención del proyecto que establecería un nuevo cuerpo jurídico para proteger a estos empleados, las agencias mostraron reservas con la versión presentada en la Cámara de Representantes. 

“(La medida), aunque su intención es loable, según está redactada, pudiera agravar la situación de los empleados domésticos de nuestro país, en vez de mejorar sus condiciones de vida”, advirtió el secretario del DTRH, Vance Thomas, en el memorial escrito que sometió ante la consideración de la Comisión cameral de Asuntos Laborales y Sistemas de Retiro del Servicio Público, que preside el representante popular Jesús Santa. 

Entre sus objeciones, Thomas mencionó que el Proyecto de la Cámara 2383, según redactado, aunque dispone sobre las horas máximas de labor diaria y semanal que se les puede exigir a estos trabajadores, y sobre el pago de horas extras y la acumulación de días de vacaciones, no precisa cuál será el salario mínimo que les aplicará ni establece las horas mínimas que deberá laborar para acumular vacaciones, y no establece nada sobre el derecho a días por enfermedad. 

Otro aspecto que, según el titular del DTRH, podría dificultar la implementación de la legislación es que no se le impone al patrono la obligación de conservar documentos relacionados con las horas de labor rendidas por los empleados domésticos, lo que dificultaría cualquier investigación que se lleve a cabo si algún trabajador se querella por que se le hayan violentado sus derechos.

La “Carta de Derechos de Empleados y Empeladas Domésticos” protegería contra prácticas discriminatorias, entre otras acciones adversas, a quienes presten un servicio doméstico, que la medida define como el trabajo realizado por una persona en una “residencia privada” de manera permanente o temporera. Abarcaría a cocineros, niñeros, porteros, lavanderos, jardineros, cuidadores, criados, personal de mantenimiento, entre otros.

No obstante, excluiría a personas que presten los servicios de “manera ocasional”, quienes lo hagan como parte de programas subsidiados con fondos federales, estatales o municipales y a personas vinculadas con el patrono dentro del cuarto grado por consanguinidad o segundo grado de afinidad. 

El secretario de Justicia, César Miranda, criticó que la pieza solo cobije a los empleados domésticos en residencias privadas y excluya a los que trabajan en negocios o comercios. Asimismo, señaló que la definición de “patrono” que se provee adolece de vaguedad. 

“Sin duda, la viabilidad de lo propuesto a los fines de servir el propósito legislativo expuesto, proteger a los empleados en el servicio doméstico, impone la necesidad de proveer una definición concreta de ‘patrono’ y ‘empleado’ en la que se incorpore la doctrina de contratista independiente, según definida por nuestra jurisprudencia”, apuntó el titular de Justicia.

Por su parte, la procuradora de las Mujeres, Wanda Vázquez, resaltó que la “inmensa mayoría” de quienes se dedican al servicio doméstico son mujeres. Citó datos del DTRH del 2013 que indican que, entonces, unas 10,000 féminas se dedicaban a esas faenas, mientras que los hombres, según dijo, eran tan pocos que no se pudieron realizar estimados confiables.

“A pesar de que reconocemos que la mayoría de los derechos planteados en la medida bajo análisis son de índole laboral, nos parece que nuestra agencia podría brindar apoyo al Departamento del Trabajo”, puntualizó Vázquez. 

El DTRH estaría a cargo de reglamentar la manera en que la legislación se pondría en vigor, y atendería las reclamaciones que se presenten por alegadas violaciones al estatuto.