Inspectores de la Junta de Calidad Ambiental (JCA) detectaron hoy, domingo, que Applied Energy System (AES) incumplió la orden de tomar medidas para asegurar que el Agremax acumulado en las afueras de la empresa no se convierta en un problema grave de polvo fugitivo ante el posible paso del huracán Irma.

A pesar de que se le dio un plazo de 24 horas para que cumplieran con la orden, y se les apercibió de la posibilidad de multarles por incumplimiento a razón de $25,000 diarios por infracción, la respuesta del presidente de la empresa, Manuel Mata, entregó una carta explicando las razones para no cumplir con la orden de la JCA.

Entre las razones de Matta para incumplir expresó que “toda ceniza liviana y ceniza pesada que genera en las operaciones de AES-PR está en todo momento debidamente almacenada en silos cerrados, con un sistema de filtros para control de polvo fugitivo”.

También el presidente de esta empresa, objeto de protestas principalmente por las operaciones en el vertedero de Peñuelas, argumentó que "lo que la JCA llama acumulación a la intemperie, es el inventario de Agremax que, en su estado de almacenamiento, es una matriz sólida similar en tamaño, peso y extensión a una roca”.

La directora ejecutiva de la Junta de Calidad Ambiental (JCA), Tania Vázquez Rivera, convocó a una reunión para mañana en la agencia, en la que se discutirán la contestación de Matta y la aplicación de multas. 

“Como agencia de ley y orden, le vamos a dar el debido proceso, evaluando sus reclamos de por qué incumplieron con la orden que emitimos el pasado viernes. Mientras tanto, he dado instrucciones a nuestros inspectores para que, en lugar de limitarse a verificar si cumplieron o no con las medidas ordenadas por la Junta, amplíen su inspección e incluyan la evaluación del área donde se encuentra el Agremax que AES reclama que no dispersaría polvo fugitivo, en caso de una tormenta,” sostuvo Vázquez Rivera.

En la resolución emitida la semana pasada se indicó que: "cualquier incumplimiento con las disposiciones de esta Resolución, de  la Ley Núm. 416-2004 supra, o de las reglas y reglamentos emitidos y aprobados por la JCA, será causa suficiente para la imposición de multas ascendentes a $25,000 diarios por cada infracción, las  cuales se computarán a partir del momento en que se detecte el incumplimiento, hasta su total corrección".