La senadora independentista, María de Lourdes Santiago, presentó este lunes dos medidas que frenarían los aumentos de sueldo indiscriminados para los alcaldes y equipararían su Sistema de Retiro al resto de los empleados municipales.

Con el Proyecto del Senado 467, Santiago busca eliminar la discreción de la Legislatura Municipal para establecer los salarios de los alcaldes. En su lugar, la medida dispone criterios fijos basados en los parámetros poblacionales que contempla la Ley de Municipios Autónomos para determinar el número de legisladores municipales en cada pueblo.

Según la pieza legislativa, en aquellos municipios con una población que supere los 40,000 habitantes, el salario del alcalde sería equivalente a la compensación de un secretario de gobierno, que ronda los $80,000.

Mientras, en aquellos municipios con una población de entre 20,000 y 40,000 personas, el sueldo correspondiente sería el 85% de esa cantidad, y en los que tengan menos de 20,000 habitantes, la compensación sería el 70%.

"Nuestra propuesta es eliminar la discreción de las legislaturas municipales y establecer salarios fijos a base de población y tomando en cuenta los salarios de los secretarios de gabinete, que son dos de los criterios que establece la Ley Número 81 (Ley de Municipios Autónomos)", manifestó la legisladora en conferencia de prensa.

Santiago advirtió que su propuesta tendría un efecto prospectivo, por lo que los salarios que devengan actualmente los ejecutivos municipales no se alterarían. Recientemente, más de una decena de alcaldes recibieron cuantiosos aumentos en circunstancias en las que se violentaron los requisitos que impone la ley para otorgarlos, que incluye, entre otros aspectos, la salud fiscal del ayuntamiento.

Para la senadora del Partido Independentista Puertorriqueño (PIP), los criterios fijos que propone su proyecto resultan "la forma más sencilla" para atender este problema, incluso más que las recomendaciones de la Asociación de Alcaldes y la Federación de Municipios para darle garras a la ley y establecer sanciones contra quienes incumplen las condiciones para conceder los aumentos.

Respecto al Sistema de Retiro, Santiago recomendó eliminar el trato particular que reciben los alcaldes, que les permite cualificar para una pensión con solo ocho años de incumbencia, y optar por una pensión de hasta un 90% de su último sueldo como ejecutivo municipal.

La pieza legislativa dispone que los alcaldes que trabajaban para el gobierno previo a su elección podrán continuar cotizando al Sistema de Retiro de los empleados del gobierno de la misma manera que lo hacían antes de ocupar el cargo, y quienes no aportaban al sistema gubernamental, podrán acogerse a los beneficios del Fondo de Ahorro y Préstamo de la Asociación de Empleados del Estado Libre Asociado o a la Ley de los Sistemas de Retiro "en igual condición que los empleados municipales".

La medida establece, además, que los alcaldes "serán acreedores a los beneficios que les correspondan a partir de la fecha en que será efectivo su retiro, pero nunca antes de cumplir 60 años de edad".