El Tribunal Supremo emitió hoy una sentencia en la que confirmó la orden emitida por el Tribunal de Apelaciones del 5 de mayo, que estableció que el Recinto de Río Piedras de la Universidad de Puerto Rico (UPR) tiene que abrir los portones y reanudar las labores académicas.

De esta forma, el máximo foro judicial respondió a la moción de auxilio de jurisdicción que presentó el viernes la UPR para solicitarle que revocara la sentencia de Apelaciones.

Con esta decisión, la presidenta interina de la UPR, Nivia Fernández, tendrá que continuar respondiendo a la jueza superior Lauracelis Roques, sobre las acciones que están tomando como administración para que reinicien las clases en el recinto. Esta semana la jueza emitió multas de $1,000 diarios por cada día sin clases y advirtió que podría ordenar el arresto por desacato de Fernández y de la rectora interina Carmen Rivera Vega, quien renunció ayer al cargo.   

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El Recinto de Río Piedras está en paro, seguido de una huelga indefinida, desde el pasado 28 de marzo como estrategia de lucha en repudio de los recortes en el presupuesto del principal centro docente del país.

Esta mañana, la UPR había pedido al máximo foro judicial de Puerto Rico que confirmara la sentencia parcial del Tribunal de Primera Instancia de San Juan que declaró no ha lugar el cese y desista y el mandamus presentado por cinco estudiantes de Derecho contra el sistema universitario para que garantizaran el acceso al recinto y continuarán el curso regular del calendario académico.

En el documento de hoy, la UPR dijo que los peticionarios “carecen de poder coactivo para obligar a estos grupos a permitir el acceso al recinto. El uso de la Policía de Puerto Rico para este propósito está descartado porque la política pública expresa del gobierno de Puerto Rico es que la Policía no intervendrá en este asunto si no hay delitos cometidos”, dice el documento.

Alegaron también que habían “realizado todas las gestiones a su alcance para dar fiel cumplimiento de la orden de mandamus e injunction preliminar”.

La decisión del Supremo ocurre en momentos en que está pendiente un encuentro con la Junta de Gobierno de la UPR que busca terminar con la huelga que tiene paralizada las labores en la mayoría de los recintos.

En la sentencia emitida por el Supremo, se detalla que el juez asociado Edgardo Rivera García no intervino; los jueces asociados Rafael Martínez Torres y Luis Estrella Martínez se inhibieron; la jueza asociada Anabelle Rodríguez Rodríguez dio ha lugar a la sentencia y expidió opinión disidente; el juez Ángel Colón Pérez dio ha lugar y expidió opinión disidente; y la juez presidenta Maite Oronoz también dio ha lugar.