Después de completar una consulta con el Departamento de Salud, el Departamento de Recreación y Deportes (DRD) determinó las normativas aplicables a las actividades en Puerto Rico a partir del 5 de julio.

“Se autoriza la celebración de toda actividad deportiva y recreativa, quedando sin efecto toda restricción o limitación en cuanto a medidas de salubridad. Asimismo, se eliminan las limitaciones impuestas relacionadas con la capacidad de público en las instalaciones deportivas y recreativas. Cabe destacar que lo antes dispuesto quedaría sin vigor en caso de que el Departamento de Salud disponga de otras directrices, las cuales prevalecerían sobre estas”, estableció Ray J. Quiñones Vázquez, secretario del DRD, mediante una comunicación escrita.

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Tanto los participantes como los involucrados en la organización de cualquier evento deportivo o recreativo tendrán que presentar evidencia de ambas vacunas administradas.

En caso de eventos con más de 500 personas se requerirá prueba de vacunación completada o prueba negativa de COVID-19. El uso de mascarilla para personas completamente vacunadas no será necesario. Sin embargo, los menores entre los dos y 11 años tienen que presentar evidencia de prueba negativa administrada al menos 72 horas antes del evento. También se les requerirá el uso de mascarilla todo el tiempo excepto cuando estén realizando actividad física.

La responsabilidad de velar por el cumplimiento de esta directriz recae en la organización o asociación deportiva, club u organizador de un evento deportivo o recreativo.

“Confío en el fiel cumplimiento de estas directrices y en la colaboración de toda nuestra comunidad deportiva para asegurar la salud, la seguridad y la salubridad de todos nuestros deportistas y atletas”, puntualizó Quiñones Vázquez.