Tras las acusaciones de la Fiscalía Federal en contra del alcalde del municipio de Sabana Grande, Miguel Ortiz Vélez, el Panel del Fiscal Especial Independiente (PFEI) suspendió inmediatamente de su posición al ejecutivo municipal.

La licenciada Nydia M. Cotto Vives, presidenta del PFEI indicó que esta determinación se toma en el marco del Plan de Reorganización del 3 de enero de 2012, que faculta al Panel a suspender a un alcalde cuando es acusado de cometer un delito.

“El Panel actuó de inmediato, salvaguardando el interés público y promoviendo las medidas necesarias para preservar la integridad en el ejercicio de la administración municipal”, detalló Cotto Vives en declaraciones escritas.

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La resolución del PFEI, de conformidad con la recomendación de la Unidad de Procesamiento Administrativo Disciplinario (UPAD), contiene, igualmente, instrucciones directas y de carácter compulsorio para el fiel cumplimiento del vicealcalde, en su función como alcalde interino.

Mediante la resolución, se le requiere a este funcionario que se tomen las medidas cautelares necesarias para evitar que el acusado y suspendido alcalde, de salir en libertad bajo fianza, pueda tener acceso a las instalaciones municipales.

Asimismo, la disposición del Panel ordena que se prive a Ortiz Vélez de intervenir en asuntos municipales, por sí mismo o por medio de terceros.

La resolución del PFEI también ordena la entrega inmediata de bienes muebles en posesión o bajo el control del suspendido alcalde, entre estos, pero sin limitarse claves de acceso a instalaciones municipales, automóviles, celulares, computadoras, expedientes y cualesquiera otros documentos o propiedad municipal.

La determinación de suspender a dicho alcalde se fundamentó en los seis cargos caminales, según surgen del Indictment presentado hoy ante el Tribunal de Distrito Federal contra el alcalde, y que incluyen apropiación ilegal de fondos públicos, conspiración, fraude y lavado de dinero, según el comunicado enviado a la prensa.

Por último, la resolución ordena al vicealcalde, así como al presidente de la Legislatura Municipal de Sabana Grande, que obedezca lo dispuesto en la Ley 2-2018, conocida como el Código Anticorrupción de Puerto Rico, referente a no tomar represalias contra empleados, funcionarios o personas ligadas a este proceso de investigación.