La Cámara de Representantes avaló anoche el informe de conferencia en el Proyecto de la Cámara 29, de la autoría del presidente del Cuerpo, Carlos ‘Johnny’ Méndez Núñez, el cual establece la nueva ‘Ley Adopción de Puerto Rico’ con el propósito de modernizar, agilizar y uniformar el proceso de adopción en la Isla, viabilizando un mecanismo diligente y expedito.

“Me permito el privilegio personal de celebrar la aprobación durante la sesión que finaliza de la legislación para dar vida a la Ley de Adopción de Puerto Rico, que me honré en promover, cuya finalidad puntual es la modernización y uniformidad en un solo estatuto del proceso de adopción en la isla. Con los cambios incluidos en el proyecto aprobado, quedarán atrás las insensibles taras burocráticas que hacen tan engorroso y doloroso un proceso centrado en el amor y la formación de hogares de felicidad para niños y niñas”, mencionó el líder legislativo en un emotivo mensaje brindado en el último día de la segunda sesión ordinaria de la Cámara de Representantes.

“La legislación, como he dicho antes, es un regalo de esperanza y de protección para cientos de niños en nuestros pueblos que esperan ser adoptados. Como saben, tengo sobrada razón para contribuir a que terminé ese mal burocrático, que viví en carne propia. Mi proceso de adopción tardó casi dos décadas en ser completado. Fueron 19 años de espera impaciente, que sólo fue superada gracias a la perseverancia y amor de mis padres adoptantes”, agregó el Presidente de la Cámara.

En su mensaje, Méndez Núñez también hizo referencia a una carta que recientemente le enviaran dos padres adoptantes –Ricardo Pérez Cajigas y Zuleika Rodríguez Córdova, del municipio de Aguadilla– quienes, además de apoyar la iniciativa para la reformulación de la ley de adopción, afirmaron que “nosotros llevamos la adopción en nuestros corazones; es parte de nuestras vidas al igual que lo es para usted. En nuestro caso, la adopción ha sido la mayor bendición de nuestro matrimonio, ya que nos permitió disfrutar del milagro de la maternidad y paternidad”.

La nueva ley establece como política pública la tramitación final de toda adopción en un término que no exceda los 60 días. Este período es unos 15 días menor que bajo la legislación anterior. Esto permite que, en vez de ser décadas, años, o meses largos, tengamos en tan solo dos meses, el proceso de nacimiento de una nueva familia, la cual es el fundamento de la sociedad.

Se adoptaron, además, una serie de nuevos artículos en la Ley Núm. 9 de 19 de enero de 1995, según enmendada, conocida como ‘Ley de Procedimientos Legales Especiales’, antes Código de Enjuiciamiento Civil, con el propósito de simplificar el proceso de adopción. 

Esto con el fin de agilizar los procesos para las vistas de custodia, de esfuerzos razonables realizados por el Departamento de la Familia para el bienestar y la protección del menor; privación, restricción o suspensión de patria potestad; demandas; informe del estudio social; señalamiento y celebración de la primera conferencia; reconocer y convalidar adopciones interestatales e internacionales; y establecer el derecho de los hogares de crianza y de partes adoptantes, a ser escuchado en dichos procesos.

En Puerto Rico, la adopción existe desde la época de la colonización española. Pero en tiempos recientes este proceso se ha perturbado, burocratizado a tal nivel, que se puede convertir en una pesadilla para los futuros padres, y en un posible trauma para miles de menores de edad bajo la jurisdicción del Estado.