El Proyecto de la Cámara 1698, que aclara la facultad que tiene el Negociado de Ciencias Forenses para disponer de los cadáveres no reclamados luego de 10 días desde la autopsia e investigación, fue convertido en la Ley 117 del 1 de agosto de 2019.

El presidente de la Comisión cameral de Salud, Juan Oscar Morales, indicó este martes en un comunicado que el estatuto es una de las medidas presentadas para atender la acumulación de cadáveres en el Negociado de Ciencias Forenses (NCF), y "aclara lagunas existentes en la interpretación de la Ley 20 del 2017 que rige al Departamento de Seguridad Pública, sobre los cuerpos identificados pero no reclamados".

 "Esta ley, que ya entró en vigor, aclara lo dispuesto específicamente en el artículo 4.20 para que el Negociado proceda a disponer de esos cadáveres, ya sea mediante cremación, enterramiento o destinarlos para estudios científicos. De esta forma, podrá reducirse el inventario, liberar espacio en la morgue y facilitar un mejor manejo del almacenamiento de cadáveres", sostuvo Morales.

 El legislador recordó que la medida surgió a raíz de la investigación que se llevó a cabo en la Cámara de Representantes para atender la acumulación de cuerpos que eran almacenados en contenedores ubicados en las instalaciones del NCF.

 Aún, dijo, queda pendiente el Proyecto 1699 que le otorga la facultad al NCF de negarse a atender o recibir los casos de cadáveres por muertes naturales no sospechosas que le sea remitidos por los hospitales, clínicas, asilos, fiscales, entre otros, que no se encuentre debidamente fundamentada ni justificada su investigación para determinar causa de muerte.