El escrutinio del plebiscito podrá continuar la semana próxima y sin la presencia en las mesas de representantes del Partido Popular Democrático (PPD) y del Partido Independentista Puertorriqueño (PIP), según el fallo emitido por la jueza superior Lauracelis Roques Arroyo.

El proceso podría retomarse tan pronto como el próximo jueves, confirmó Luis Antonio Ocasio, portavoz de prensa de la comisionada electoral del Partido Nuevo Progresista (PNP), Norma Burgos.

La jueza emitió su fallo poco después que el caso regresara a su sala, luego que el Tribunal Supremo declinara atender la petición de Certificación Intrajurisdiccional y la Solicitud de Auxilio de Jurisdicción, presentadas por Burgos.

La comisionada del PNP había recurrido al Supremo luego que la jueza paralizara el escrutinio, mientras atendía la controversia que enfrentaba por un lado a Burgos y por el otro a la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) y los comisionados del PPD y el PIP, organizaciones que optaron por boicotear el plebiscito de estatus, celebrado el pasado 11 de junio.

Burgos reclamaba que la determinación de la saliente presidenta de la CEE, Liza García, para permitir la presencia en las mesas de escrutinio se había tomado de forma ilegal, y que dichas organizaciones no debían participar del escrutinio ya que no habían apoyado ninguna de las fórmulas del plebiscito.

En su fallo, la jueza Roques Arroyo resolvió la controversia en favor del reclamo de Burgos y ordenó dejar sin efecto la orden de paralización del escrutinio.

La jueza argumentó que tras revisar “detenidamente las enmiendas al Reglamento” que realizó la presidenta de la CEE concluía que “las mismas son nulas por contravenir el texto claro e inequívoco” de la ley. Agregó que las de las disposiciones “surge claramente” que serían “los representantes de las alternativas de estatus quienes, en esta ocasión, serían los encargados de ejercer ciertas funciones que tradicionalmente ejercían los partidos políticos”.

La jueza destaca que el PPD y el PIP “por voluntad propia, no participaron ni actuaron como representantes de ninguna de las alternativas” del plebiscito, y además “hicieron campaña en contra y anunciaron de forma pública y reiterada su oposición” al plebiscito.

De esa forma, los representantes certificados para “las alternativas de Libre Asociación/Independencia y Actual Estatus Territorial fueron Alianza Patria Inc; Alianza Pro Libre Asociación; Convergencia Nacional Boricua; Igualdad Futuro Seguro; Movimiento Amplio Soberanista y Marchemos”, añadió Roques Arroyo. El PNP era el representante de la opción de Estadidad.

“Conforme a los fundamentos expuestos, se revoca la determinación de la Presidenta de la CEE mediante la cual enmendó el Reglamento en contravención de la Ley 7-2017 y la Ley 23-2017, así como, se deja sin efecto nuestra Orden Provisional de Paralización del 19 de junio de 2017. Por último se ordenó el cierre y archivo de este caso”, escribió la jueza Roques Arroyo en su sentencia.