El Senado aprobó hoy una medida legislativa que le permitiría a los padres -incluyendo aquellas familias compuestas por parejas del mismo sexo- elegir en común acuerdo el orden de los apellidos de su hijo o hija.

Actualmente, el ordenamiento vigente dispone que al momento de inscribir el nacimiento de un niño o una niña, el orden de sus apellidos debe corresponder al de sus padre primero y al de su madre después. “La presente ley busca reconocer principios básicos de igualdad entre las personas dentro del núcleo familiar y dar un paso adelante en la equidad de la pareja en medio social y legal, permitiendo que la pareja como conjunto tome la decisión de distribuir, en el orden que acuerden, los apellidos con los con los cuales será inscrito el menor o la menor”, lee la medida en su exposición de motivos.

El Proyecto del Senado 611, de la autoría del portavoz del Partido Popular Democrático (PPD), Javier Aponte Dalmau, dispone, sin embargo, que en aquellos casos en que el padre y la madre, los padres o las madres no logren acuerdo sobre el orden de los apellidos del menor o la menor a inscribirse, el Registro Dernográfico deberá asignar los apellidos, según dispuesto actualmente. O sea, que el menor o la menor llevará primero el apellido paterno.

Según el informe redactado por la Comisión de Salud del Senado, el proyecto recibió el aval del Departamento de Salud, agencia bajo la cual está el Registro Demográfico. “Permitirle a la familia escoger cuál debe ser el orden de los apellidos que deben tener sus hijos o hijas es fundamental para el desarrollo social, así como respeto por la integridad familiar”, estableció el titular de la agencia, Carlos Mellado, a través de un memorial explicativo.

Del documento Salud se desprende que para el análisis de esta medida, la Comisión realizó una investigación donde pudo constatar que, tan reciente como en el 2021, el Tribunal Constitucional Dominicano declaró inconstitucional eI negarle a una pareja eI derecho a escoger el orden de los apellidos de su hijo o hija ante eI Oficial del Registro Civil. Se encontró, además, información que en países como Francia, Portugal, España, Suiza, Uruguay, Argentina, México y Chile se permite, desde hace varios años, que los padres puedan elegir el orden de los apellidos de sus hijos o hijas. En el caso particular de España los padres tienen esta opción desde el 1981.

La medida pasa ahora a la consideración de la Cámara.