El máximo tribunal de México derogó una cláusula en el código civil de la capital que automáticamente otorgaba la custodia de niños pequeños a las madres en casos de divorcio.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó hoy que la norma que dicta la custodia de los niños menores a 12 años es inconstitucional por hacer una distinción por género.

El fallo está basado en el principio de igualdad y el bienestar de los menores.

Indica que el léxico anticonstitucional viola esto último al eliminar el criterio del juez para considerar las circunstancias del individuo en cada caso para determinar qué padre es el mejor calificado para atender las necesidades del menor.

También, señala que la suposición previa a favor de las madres “no sólo reafirmaba estereotipos de género tradicionales, sino que profundiza el rol de mujer-madre e impide erradicar la concepción de la feminidad tradicional”.