El caso ético contra el juez Jorge Díaz Reverón, esposo de la secretaria del Departamento de Justicia, Wanda Vázquez Garced, quedó archivado luego de que el Comité de Disciplina Judicial de la Oficina de la Administración de los Tribunales (OAT) resolviera que no existe causa probable para determinar que este violó los cánones de Ética Judicial.

"En los breves actos atribuibles al juez Díaz Reverón, no observamos que se atentara contra la imparcialidad que debe permear en los procesos judiciales ni que fueran realizadas en abierto desafío a las normas éticas vigentes", dicta la resolución emitida ayer, jueves.

Díaz Reverón fue investigado luego de que trascendiera que presuntamente citó a su sala del tribunal al policía Javier Marcano Marrero, a quien le instó a cooperar con los abogados de defensa de Vázquez Garced cuando fue denunciada por supuestamente intervenir en una pesquisa sobre un escalamiento en la residencia de su hija menor.

"La breve gestión que el juez Díaz Reverón realizó durante sus horas de trabajo en sala no arroja prueba suficiente para concluir que lesionó la imagen de imparcialidad que viene obligado a proteger ni reclamó un trato desigual para sí", indica el escrito del Comité.

"Por otro lado, el hecho de procurar hablar con el agente Marcano Marrero, de la manera en que lo hizo, no dio la impresión de pretender ejercer una influencia indebida en el ánimo de dicho agente. Tampoco hubo unas expresiones que denotaran ejercicio de autoridad", añade la determinación.

"Bajo los hechos particulares del presente caso resulta, debemos concluir que el juez Díaz Reverón no utilizó indebidamente su puesto, el puesto de los alguaciles concernidos, la presencia del agente Marcano Marrero o los teléfonos y propiedad pública de la Rama Judicial, para obtener un beneficio", menciona el Comité.

El juez se exponía al comienzo de un proceso disciplinario si el Comité encontraba causa en su contra. Según señala el documento, el director administrativo de los Tribunales podrá pedir una reconsideración "dentro de los 10 días siguientes a la notificación" de la resolución.