El Ministerio Público solicitó que el testigo cooperador que sentará a declarar en el proceso judicial que sigue contra tres imputados por el asesinato del procurador de menores Antonio Barceló Jiménez y sus hijas Yahaira Barceló Segarra y Laura Barceló Rosario, declare en una sala sin público. 

Billy de Jesús Reyes, Alex Rivera Huertas e Israel Sánchez de la Rosa enfrentan un cargo de asesinato por cada muerte y un cargo de conspiración para cometer el crimen, ocurrido el 11 de diciembre de 2004.

Hoy, jueves, durante el primer señalamiento de la vista preliminar que se celebró ante el juez Rafael Villafañe Viera, del Tribunal de Bayamón, el fiscal Martín Ramos Junquera, de la División de Crimen Organizado, informó que sometió ayer, miércoles, la moción sobre el testimonio sin público. 

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Citando la Regla 23 de Procedimiento Criminal, el togado concedió al licenciado Irving Prado Galarza, quien representa a de Jesús Reyes, cinco días para responder al planteamiento del Ministerio Público, compuesto por Ramos Junquera, Fabiola Acarón Porrata-Doria y Phoebe Isales Forsythe. Esta Regla establece que el imputado puede solicitar que se excluya al público de sala durante la celebración de la vista preliminar, si existe la posibilidad de que una vista pública afecte su derecho constitucional a un juicio justo e imparcial, y no exista otro remedio para disipar esa probabilidad. 

"También se podrá limitar el acceso a la vista preliminar cuando el magistrado determine, previa solicitud a tales efectos, que tal limitación es necesaria para proteger cualquier otro interés de naturaleza apremiante y que no existen otras alternativas menos abarcadoras y razonables. La decisión del magistrado deberá fundamentarse en forma precisa y detallada", reza la Regla 23. 

"Se dispone que el magistrado deberá limitar el acceso a la vista preliminar, previa solicitud del fiscal, en aquellos casos en que éste interese presentar el testimonio de un agente encubierto o un confidente que aún se encuentre en esas funciones o cuando esté declarando la víctima de un caso de violación o actos impúdicos o lascivos", concluye el último párrafo de dicha Regla. 

Villafañe Viera, sin embargo, no señaló la vista de necesidad que suele celebrarse para discutir este tipo de petición. 

Durante la audiencia el juez también apuntó que este jueves asignaría abogados de oficio a Rivera Huertas y a Sánchez de la Rosa, luego de que la Sociedad para la Asistencia Legal (SAL) informó que no podía representarlos debido a un conflicto de interés. 

La licenciada Alejandra Belmar Jiménez explicó que entrevistó a ambos imputados y que cualificaban para los servicios de la SAL, pero que en casos previos la SAL había representado a Ángel Roberto Díaz Vélez, otro coimputado del crimen que todavía no ha sido arrestado. 

"Estaríamos representándolo cuando sea arrestado", afirmó. En respuesta a este planteamiento, el juez pidió a los familiares de Rivera Huertas y de Sánchez de la Rosa que pasaran al frente para indicarles que les brindaría el nombre de los abogados designados para representar a los imputados. También les pidió que se comunicaran inmediatamente con los letrados para que los ayudarán a estar preparados para celebrar la vista preliminar el próximo 30 de diciembre. 

Como parte de las instrucciones que impartió, Villafañe Viera ordenó que Rivera Huertas y Sánchez de la Rosa sean trasladados al centro judicial bayamonés el 29 de diembre -un día antes de la vista preliminar- para ser "conferenciados" o entrevistados por sus nuevos abogados. 

La audiencia empezó con retraso porque Rivera Huertas, quien se encuentra detenido en la cárcel de Guayama, llegó tarde a su cita judicial. De Jesús Reyes y Sánchez de la Rosa llegaron temprano porque se encuentran en la cárcel de Bayamón. 

Fuera de sala, el licenciado Prado Galarza anticipó que se opondrá a la petición para que se excluya al público de sala durante el testimonio del testigo cooperador. 

"Mi cliente no estuvo allí", aseguró sin ofrecer otros detalles. 

El fiscal Ramos Junquera, por su parte, señaló que la petición para excluir al público de sala persigue garantizar la seguridad del testigo. 

"(Se hizo) con el fin de proteger su vida, su seguridad y su integridad. Además de garantizar la pureza del proceso”, puntualizó.

 ¿Se debe celebrar una vista de necesidad para discutir esa petición?, preguntó este medio. 

"Como parte de la solicitud de limitación de público a la vista preliminar, sí corresponde que el señor juez celebre una vista de necesidad, a menos que la defensa se allane al planteamiento del Ministerio Público", respondió el fiscal.

¿Pero en este caso no se pautó esa vista. Solo se pidió una réplica escrita?, insistió este medio. 

"Eso le corresponde al señor juez determinar el orden que va a seguir en los señalamientos en el caso y les aseguro que previo a la celebración de la vista preliminar, del juez acoger el planteamiento del Estado, debe celebrar una vista de necesidad", apuntó Ramos Junquera. 

Aunque el Ministerio Público no ha querido divulgar detalles de su pesquisa, al momento de la presentación de cargos indicó que Barceló Jiménez y sus dos hijas murieron en medio de una balacera que iba dirigida a otras personas durante la fatídica madrugada del 11 de diciembre de 2004. 

Al momento de su muerte, Barceló Jiménez se desempeñaba como procurador de menores del mismo centro judicial donde ahora se juzgarán a los hombres imputados por su muerte. 

Barceló Jiménez transitaba en su vehículo por la carretera PR-2 frente a San Patricio Plaza, en Guaynabo, cuando el vehículo recibió una lluvia de balas. El procurador y dos de sus hijas perecieron. Mientras, una amiga de las hijas del abogado resultó herida de bala. Las jóvenes acudieron a un concierto y Barceló Jiménez las recogió cuando terminó el espectáculo. En el trayecto de regreso se produjo la tragedia.