ALEX AROCHO MERCADO y NEREIDA DÍAZ QUILES tcc NEREIDA DÍAZ vs Caso EX-PARTE, no hay demandados.
30141341 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE AGUADILLA ALEX AROCHO MERCADO y NEREIDA DÍAZ QUILES tcc NEREIDA DÍAZ Peticionarios EX PARTE CIVIL NUM.: AG2026CV00306 SOBRE: EXPEDIENTE DE DOMINIO E D I C T O ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA EL PRESIDENTE DE LOS E.E.U.U. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PR A: LAS PERSONAS IGNORADAS Y DESCONOCIDAS A QUIENES PUDIERA PERJUDICAR LA INSCRIPCIÓN DEL DOMINIO A FAVOR DE LA PARTE PETICIONARIA EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE LA FINCA QUE MÁS ADELANTE SE DESCRIBIRÁ Y A TODA PERSONA EN GENERAL QUE CON DERECHO PARA ELLO DESEE OPONERSE A ESTE EXPEDIENTE POR LA PRESENTE se les notifica para que comparezcan, si lo creyeren pertinente, ante este Honorable Tribunal dentro de los veinte (20) días contados a partir de la última publicación de este edicto a exponer lo que a sus derechos convenga en el expediente promovido por la parte peticionaria para adquirir su dominio sobre la finca que se describe más adelante. Usted deberá presentar su posición a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: https://unired.ramajudicial.pr, salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso deberá presentar su alegación en la secretaría del Tribunal. Si usted deja de expresarse dentro del referido término, el Tribunal podrá dictar sentencia, previo a escuchar la prueba de valor de la parte peticionaria en su contra, sin más citarle ni oírle, y conceder el remedio solicitado en la petición, o cualquier otro, si el Tribunal, en el ejercicio de su sana discreción, lo entiende procedente. RÚSTICA: Solar sito en el Barrio Mirabales de San Sebastián, Puerto Rico. Con una cabida superficial de DIECINUEVE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE PUNTO DOS MIL CIENTO DIECISIETE METROS CUADRADOS (19,949.2117m/c), iguales a CINCO PUNTO CERO SIETE CINCUENTA Y SEIS CUERDAS (5.0756cdas.) de terreno. Con lindes al NORTE con la Sucesión de Benjamín Ruiz Rivera; al SUR con la Sucesión de Ramón Orta Flores y la Sucesión de Ramón Malavé Soto; al ESTE con la Sucesión de Ramón Malavé Soto y carretera municipal, y al OESTE con la Sucesión de Ramón Orta Flores dividido por una zanja fluvial. Sobre dicho solar hay construida una estructura en varilla, cemento y bloques con fines residenciales. El abogado de la parte peticionaria es el Lcdo. Sebastián A. Vera Peña, PO Box 1639, San Sebastián, PR 00685. Se le informa, además, que el Tribunal ha señalado vista en este caso para el 23 de octubre de 2026, a las 11:15 a.m., mediante videoconferencia, a la cual usted puede comparecer asistido por abogado y presentar oposición a la petición. Se le apercibe que de no comparecer los interesados y/o partes citadas, o en su defecto los organismos públicos afectados en el término improrrogable de 20 días a contar de la última publicación del edicto, el Tribunal podrá conceder el remedio solicitado por la parte peticionaria, sin más citarle ni oírle. En Aguadilla, Puerto Rico, a 11 de marzo de 2026. Sarahi Reyes Pérez Secretaria Regional Por: Arlene Guzmán Pabón Secretaria Auxiliar del Tribunal
Detalles del edicto:
Fecha inicio: 2026-04-21 Fecha fin: 2026-05-05 Demandante: ALEX AROCHO MERCADO y NEREIDA DÍAZ QUILES tcc NEREIDA DÍAZ Acusado: Caso EX-PARTE, no hay demandados. Id Civil: AG2026CV00306
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