CLAUDIA ESTHER HEREDIA VIGO, vs Caso EX-PARTE, no hay demandados.



30141073 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE ARECIBO CLAUDIA ESTHER HEREDIA VIGO, Parte Peticionaria VS. EX PARTE, Parte Peticionada CASO CIVIL NÚM.: AR2026CV00556 SOBRE: EXPEDIENTE DE DOMINIO EN AUMENTO DE CABIDA EN EXCESO DEL 20% EDICTO A: Loaiza María Pérez Heredia TODA PERSONA CON INTERÉS EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO a todos los que tengan algún derecho real sobre el predio descrito en esta Petición de Dominio, las personas ignoradas a quien pueda perjudicar la inscripción, y en general a toda persona que desee oponerse. Por la presente se le notifica para que comparezcan, si creyeren que les conviene, ante este Honorable Tribunal dentro de veinte (20) días a partir desde que fueron notificados de esta citación y exponer lo que a sus derechos convenga en el expediente promovido por la parte peticionaria para adquirir su dominio sobre la siguiente finca:URBANA: Barrio Hato Abajo de Arecibo. Solar: Cabida: 51.40 metros cuadrados, Midiendo al Norte: 6.90 metros metros en lindes con la calle Magallanes; al Sur, 6.90 metros en lindes con Fermina Rivera; al Saliente, en 7.80 metros en lindes con Miguel A. Correa, antes, hoy Ermelindo Carrero. Contiene una casa de madera de una sola planta, techada de zinc que mide 20 pies de frente por 20 pies de fondo aproximadamente. Es segregación de la Finca 6,308 al Folio 243 del Tomo 141 de Arecibo. A la misma se le practicó una mensura que arrojó un aumento en cabida igual o más de 134.7913 metros cuadrados, equivalentes a 0.0343 cuerdas, del orden de más del veinte por ciento (20%) Practicada la antes mencionada mensura, la descripción de la finca sería la siguiente: URBANA: Predio de terreno radicado en el Barrio Pueblo del término municipal de Arecibo, Puerto Rico, con una cabida superficial de ciento treinta y cuatro metros cuadrados son siete mil novecientos trece diezmilésimas de otro (134.7913 m.c.) equivalentes a cero cuerdas con trescientos cuarenta y tres diezmilésimas de otra(0.0343 cuerdas). En lindes por el NORTE, con la calle Magallanes del Municipio de Arecibo; por el SUR, con parcela cuyo número de codificación es 012 085 162 53; por el ESTE, con parcela cuyo número de codificación es 012 085 162 15; y por el OESTE, con parcela cuyo número de codificación es 012 085 162 13. Debe notificar con copia de sus alegaciones a la representación legal del promovente, Lcdo. Carlos Alberto Dasta Meléndez dirección: Paseos Reales, 429 Calle Fortaleza Arecibo, PR 00612 5589 con teléfono número (787) 214 3147 En Arecibo, Puerto Rico, el 8 de abril de 2026. Vivian Y. Fresse González Secretaria Regional Alexandra Álvarez Natal Secretaria Auxiliar

Detalles del edicto:


Fecha inicio: 2026-04-20
Fecha fin: 2026-05-04
Demandante: CLAUDIA ESTHER HEREDIA VIGO,
Acusado: Caso EX-PARTE, no hay demandados.
Id Civil: AR2026CV00556

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