ENELIA AULET MIRANDA vs Caso EX-PARTE, no hay demandados.



30139568 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN ENELIA AULET MIRANDA Peticionaria EX –PARTE CIVIL NÚM.: GB2026CV00216 SOBRE: EXPEDIENTE DE DOMINIO EDICTO ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO A: LAS PERSONAS IGNORADAS Y DESCONOCIDAS A QUIENES PUDIERA PERJUDICAR LA INSCRIPCIÓN DEL DOMINIO A FAVOR DE LA PETICIONARIA EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE LA FINCA QUE MÁS ADELANTE SE DESCRIBE, Y A TODA PERSONA EN GENERAL QUE CON DERECHO PARA ELLO DESEE OPONERSE A ESTE EXPEDIENTE. POR LA PRESENTE se les notifica para que comparezcan, si lo creyeren pertinente, ante este Honorable Tribunal dentro de los veinte (20) días contados a partir de la última publicación de este edicto, a exponer lo que a sus derechos convenga en el expediente promovido por la peticionaria ENELIA AULET MIRANDA, para adquirir su dominio sobre la finca que se describe a continuación: URBANA: Parcela de terreno identificada como Área a Usucapir en el plano de mensura preparado por el agrimensor Luis A. Rodríguez Sierra, Lic. 8038, para un solar propiedad de Enelia Aulet Miranda, ubicado en la Calle nueve (9), Álamo Drive E 46, Urbanización El Álamo, Municipio de Guaynabo, Puerto Rico, con una cabida superficial de trescientos once punto dos mil ochocientos setenta y siete (311.2877) metros cuadrados, equivalentes a cero punto cero siete nueve dos (0.0792) cuerdas, y que en lindes colinda: Por el NORTE, en tres (3) alineaciones que suman doce punto cuatrocientos veinticinco (12.425) metros, con acera y área de siembra. Por el SUR, en nueve (9) alineaciones que suman treinta y cuatro punto doscientos sesenta y siete (34.267) metros, con verja existente de hormigón y greenbelt. Por el ESTE, en cuatro (4) alineaciones que suman veinticuatro punto cero cero ocho (24.008) metros, con verja existente de hormigón y greenbelt. Por el OESTE, en dos (2) alineaciones que suman cuarenta punto ochocientos cuarenta y tres (40.843) metros, con Lote E 46 de la Urbanización El Álamo. Número de catastro: 114 023 750 26 001. El abogado de la parte peticionaria es el Lcdo. Luis E. Pinto Andino, RUA 8109, 1007 Avenida Muñoz Rivera, Suite 707, San Juan, Puerto Rico 00925. Tel. (787) 758 1705. Se informa además que el Tribunal ha señalado vista en este caso para el de 2026, a las mediante videoconferencia, a la cual usted podrá comparecer asistido de abogado y presentar oposición a la petición. Este edicto deberá publicarse tres (3) veces dentro del término de veinte (20) días en un periódico de circulación general diaria. Se le apercibe que, de no comparecer dentro del término señalado, el Tribunal podrá dictar sentencia, previa la prueba de la peticionaria, sin más citarle ni oírle. En Bayamón, Puerto Rico, a 24 de MARZO de 2026. ALICIA AYALA SANJURJO Secretaria Regional Por: LUISA I. ANDINO AYALA Secretaria Auxiliar del Tribunal

Detalles del edicto:


Fecha inicio: 2026-03-25
Fecha fin: 2026-04-08
Demandante: ENELIA AULET MIRANDA
Acusado: Caso EX-PARTE, no hay demandados.
Id Civil: GB2026CV00216

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