Supremo falla contra policía Carlos Sustache en caso de Miguel Cáceres

Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 17 años.
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El Tribunal Supremo sostuvo una decisión del Tribunal de Apelaciones que determinó causa para arresto contra el policía Carlos Sustache Sustache por el delito de asesinato en primer grado y el delito de agresión, ambos en la modalidad de cooperador por la muerte del civil Miguel Cáceres Cruz en agosto de 2007.
El máximo foro judicial, sin embargo, revocó una decisión del Tribunal Apelativo que determinó causa probable por el delito no imputado de encubrimiento.
"Se devuelve el caso al Tribunal de Primera Instancia para la continuación de los procedimientos consistentes con este dictamen", dice la opinión y sentencia del Tribunal Supremo emitida el 9 de julio y publicada hoy, viernes.
El Supremo reconoció que la conducta de un cooperador debe ser intencional, aunque también determinó que ello "no es sinónimo de tener un conocimiento perfecto del crimen".
"Para que el tribunal pudiera encontrar causa para el arresto del agente Sustache Sustache como cooperador en los delitos de agresión y asesinato en primer grado, lo único que se requería era que el Ministerio Público demostrara que éste conocía que una consecuencia natural de su omisión voluntaria podría ser la muerte del señor Cáceres Cruz y que, a pesar de este conocimiento, el agente Sustache Sustache no actuó", indica la opinión redactada por la jueza asociada Liana Fiol Matta.
"La prueba recibida en la vista para arresto del oficial Sustache Sustache es suficiente, para estos propósitos, pues demostró que éste tenía el conocimiento que se requiere para que se configure el delito de comisión por omisión en la modalidad de cooperadores. El agente Sustache Sustache tuvo conocimiento de las circunstancias del hecho, es decir, estaba consciente de la golpiza que el agente Pagán Cruz le estaba propinando al señor Cáceres Cruz. También, conocía su deber de garante para proteger la vida y los derechos civiles de la ciudadanía", sostuvo el máximo foro judicial.
El Supremo sostuvo que el agente Sustache Sustache tenía conocimiento de su capacidad para actuar, ya fuera evitando el abuso contra Cáceres Cruz o controlando al agente Pagán Cruz.
"No era necesario que el agente Sustache Sustache tuviera conocimiento del tipo de delito que iba a cometer el agente Pagán Cruz. Esta exigencia sería más apropiada para la forma de intervención de la coautoría", resolvió Fiol Matta.
En la opinión mayoritaria, se reconoce además que el ministerio público desfiló prueba tendente a demostrar que el agente Sustache Sustache le hizo falsas afirmaciones sobre lo ocurrido al fiscal investigador del caso, Jaime Perea Mercado.
"El fiscal Perea Mercado testificó sobre las inconsistencias en las versiones del agente Sustache Sustache e indicó que se percató de ellas cuando observó un vídeo que había grabado un ciudadano sobre lo sucedido", indicó el Supremo.
"Concluimos que la prueba presentada por el Ministerio Público cumplió con el estándar requerido para determinar causa probable para el arresto del señor Sustache Sustache. Es decir, el fiscal logró establecer, mediante el grado de prueba requerido en esta etapa preliminar, todos los elementos necesarios para que se pueda inferir que se cometieron los delitos y que éstos fueron ejecutados por el agente Sustache Sustache", sostuvo.
La jueza asociada Anabelle Rodríguez emitió una opinión disidente escrita en la que sostuvo que la mayoría obvió la jurisprudencia establecida por ese máximo foro en casos anteriores.
"En este caso se trata de una cuestión de derecho porque había duda sobre la interpretación de la figura del cooperador significaría que una determinación de no causa ante cualquier nuevo delito, o cualquier figura que no haya sido interpretada por este Tribunal anteriormente, sería revisable por certiorari por incluir una cuestión de derecho no atendida. Esta solución no sólo es contraria a los precedentes de este Tribunal en esta área, sino que causará un mar de solicitudes de certiorari al foro intermedio para revisar ’cuestiones de derecho noveles’, máxime cuando contamos con un Código Penal de reciente aprobación", sostuvo Rodríguez.
Cáceres Cruz fue tiroteado mortalmente en plena calle en Humacao por el oficial de la Unidad de Operaciones Tácticas Javier Pagán Cruz, quien fue encontrado culpable de asesinato en primer grado y cumple cárcel.

