Para acelerar la recuperación tras el paso del huracán Fiona, la secretaria del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA), Anaís Rodríguez Vega, emitió una orden administrativa flexibilizando disposiciones de varios asuntos bajo jurisdicción de la agencia, como el corte y poda de árboles y el establecimiento de centros de acopio temporeros para desperdicios sólidos no peligrosos, entre otros.

La orden administrativa 2022-13, de la que este medio obtuvo copia, fue firmada el pasado domingo, 18 de septiembre, tras la declaración del gobernador Pedro Pierluisi, un día antes, de un estado de emergencia en Puerto Rico por el ciclón.

Rodríguez Vega eximió del proceso de permiso para podar, “y de ser necesario cortar”, árboles que representen una situación de riesgo o emergencia. Esta autorización estará vigente hasta el 10 de octubre.

Igualmente, autorizó a los gobiernos municipales a establecer centros o lugares de acopio temporeros para la acumulación de desperdicios sólidos no peligrosos hasta el 1 de noviembre. Los centros podrán recibir residuos hasta el 30 de noviembre.

Según en la orden, en los centros solo se podrá acopiar escombros de construcción y demolición, material vegetativo, colchones (“mattresses”), electrodomésticos, muebles, fango y material mojado por las inundaciones. Todo material deberá estar segregado y ninguno podrá estar ubicado directamente sobre el suelo, sino sobre superficies en concreto o cubiertas que eviten la percolación al terreno.

“Se prohíbe acumular desperdicios domésticos, biomédicos, industriales, animales muertos, alimentos ni ningún otro desperdicio con capacidad de descomponerse”, estableció Rodríguez Vega en el documento.

Los centros deberán estar ubicados a no menos de 300 pies de distancia de residencias, escuelas, cuidos de niños, ancianos o personas con diversidad funcional, alcantarillados, áreas de captación de cuerpos de agua u otras zonas sensitivas. No podrán ubicarse en zonas inundables, lugares con pendientes o que puedan ser arrastrados por escorrentías. Por lo tanto, deberán situarse estar en zonas o lugares de fácil acceso y en predios cerrados, “en la medida que sea posible”.

Los gobiernos municipales que quieran establecer centros de acopio temporeros deberán notificar por escrito al DRNA en un término no mayor de cinco días, a partir de la firma de la orden. Será responsabilidad de los ayuntamientos supervisar y monitorear la operación de los centros, y también deberán tener un registro de los desperdicios que acopien.

Por otro lado, Rodríguez Vega autorizó a personas o entidades sin permiso a recolectar y transportar desperdicios sólidos no peligrosos hasta los lugares de acopio autorizados por los municipios. Esta autorización estará vigente hasta el 1 de noviembre.

También, la secretaria dispensó de permisos el uso de generadores “mientras dure la interrupción del servicio eléctrico por causa del fenómeno atmosférico” hasta el 15 de octubre.