LYDIA ORTIZ PEREZ ESTHER OCASIO PEREZ vs Caso EX-PARTE, no hay demandados.
30146155 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE FAJARDO LYDIA ORTIZ PEREZ ESTHER OCASIO PEREZ PETICIONARIO EX PARTE CIVIL NÚMERO: RG2026CV00131 SOBRE: EXPEDIENTE DE DOMINIO EDICTO ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS EE.UU. ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PR A: Personas ignoradas con algún derecho real sobre la propiedad que más adelante se describe a posibles herederos de los anteriores dueños. Todo el que tenga algún derecho real sobre el inmueble descrito en la petición de Informativo de Dominio señalada en el epígrafe, a las personas ignoradas a quienes pueda perjudicar la inscripción solicitada y en general a toda persona que desee oponerse a lo solicitado. La descripción del inmueble es la siguiente: RÚSTICA: Solar ubicado en el Barrio Guzmán Arriba del municipio de Rio Grande, compuesta de mil setenta y seis punto cinco mil trecientos cuarenta y un(1,076.5341) metros cuadrados, equivalente a cero punto dos mil setecientos treinta y nueve (0.2739) cuerda; en lindes por el NORTE, colindando con Leida Rivera Vega, en varias alineaciones para una distancia total de setenta punto veinte (70.20) metros lineales,; por el SUR, colindando con Sucn. Bienvenido Castillo Pastrana en varias alineaciones para una distancia total de sesenta y tres punto cuarenta y dos (63.42) metros lineales, por el ESTE, colindando con Carretera Estatal PR 960, en varias alineaciones para una distancia total de veinte punto ochenta y seis (20.86) metros lineales, y un arco de diecisiete punto cero cuatro (17.04) metros en curva; por el Oeste colindando con Catherine Burgos Trinidad, en una distancia de siete punto ochenta y nueve (7.89) metros lineales. Deberán notificar con copias de sus alegaciones a la representación legal del promovente, Lcda. Carmen Leonor Selpa Báez, con oficina en la Calle Pimentel #251 B Rio Grande, Puerto Rico 00718; PO Box 253 Rio Grande, Puerto Rico 00718; teléfono (787) 603 1130 apercibiéndose que de no haber oposición dentro del término de veinte (20) días a partir de la publicación del último edicto, se procederá a la vista del caso, pudiéndose dictar resolución aprobando el expediente y ordenando la inscripción del exceso del inmueble y el pleno dominio del mismo a favor del promovente en el Registro de la Propiedad, de Carolina, Sección III. Este edicto se publicará por tres (3) veces durante el término de veinte (20) días en un periódico de circulación general diaria en Puerto Rico que se edita en San Juan, se cita y convoca a los anteriores dueños arriba mencionados, sus herederos, cesionarios y causahabientes así como a las demás personas ignoradas a quienes la inscripción pueda perjudicar, y en general, a todo el que desee oponerse a comparecer o alegar cualquier derecho; con la declaración de dominio solicitada para que comparezcan a alegar sus derechos dentro del término de veinte (20) días a partir de la última publicación de este Edicto. Extendido bajo mi firma y sello de esta Corte, por orden del Honorable Tribunal, hoy día 23 de abril de 2026. WANDA SEGUI REYES SECRETARIA AIXA M MONTES MORALES SUB SECRETARIA
Detalles del edicto:
Fecha inicio: 2026-06-24T00:00:00-04:00 Fecha fin: 2026-07-08T00:00:00-04:00 Demandante: LYDIA ORTIZ PEREZ ESTHER OCASIO PEREZ Acusado: Caso EX-PARTE, no hay demandados. Id Civil: RG2026CV00131
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