BANCO POPULAR DE PUERTO RICO vs SUCESIÓN DE DAMARIE RIVERA CRUZ COMPUESTA POR KRIZIA MARIE SANFELIZ RIVERA, FULANO DE TAL Y SUTANO DE TAL



99946855 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAGUAS SALA SUPERIOR BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante vs. SUCESIÓN DE DAMARIE RIVERA CRUZ COMPUESTA POR KRIZIA MARIE SANFELIZ RIVERA, FULANO DE TAL Y SUTANO DE TAL Demandados CIVIL NúM. CG2025CV04239 SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIóN DE HIPOTECA EDICTO DE SUBASTA ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS SS EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO A: SUCESION DE DAMARIE RIVERA CRUZ, COMPUESTA POR KRIZIA MARIE SANFELIZ RIVERA, FULANO DE TAL Y SUTANO DE TAL; DEPARTAMENTO DE HACIENDA DE PUERTO RICO, POR CUALQUIER CONTRIBUCION ADEUDADA Y AL PUBLICO EN GENERAL: CERTIFICO Y HAGO CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que me ha sido dirigido por el Secretario del Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Caguas, Sala Superior, en el caso de epígrafe, venderé en pública subasta y al mejor postor, por separado, de contado y por moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, en mi oficina sita en el Cuarto Piso del Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Caguas, Sala Superior, el día 5 de AGOSTO de 2026, a las 9:45 de la MAÑANA todo derecho, título, participación y/o interés que le corresponda a la parte demandada y/o cualquiera de ellos en el inmueble hipotecado objeto de ejecución que se describe a continuación: PROPIEDAD HORIZONTAL: Apartamento Número A SEIS (A 6) Unidad de vivienda de forma rectangular ubicada en el Edificio A dentro del Condominio Villa Nueva Apartments, sito en el Barrio Turabo del término municipal de Caguas, Puerto Rico con un área total de CIENTO DIECISEIS PUNTO OCHENTA Y CINCO (116.85) METROS CUADRADOS, equivalente a 1,258.03 PIES CUADRADOS. El área total del apartamento está distribuido en 99.66 Metros Cuadrados de área de estructura, equivalente a 1,072.90 Pies Cuadrados, y un área de entrada de marquesina, acceso a la unidad y área verde en la parte delantera del apartamento de 17.19 Metros Cuadrados, equivalente a 185.13 Pies Cuadrados. La entrada principal está localizada en el lado ESTE del apartamento, con acceso a ella a través de una acera común del Condominio. La estructura del apartamento consta dos (2) plantas. La primera planta se compone de un balcón, una marquesina para un automóvil, sala, comedor, cocina, área de laundry, escalera que conduce a la segunda planta y un (1) closet debajo de la escalera. La segunda planta se compone de un pasillo provisto de un (1) closet, tres (3) dormitorios provistos de un (1) closet cada uno y un cuarto de baño. Sus colindancias son: por el NORTE, en una distancia de veinticuatro pies con nueve pulgadas (24 9), con pared medianera que comparte con el apartamento A 7 y en una distancia de diez pies con una pulgada (10 1) con el balcón y área verde del apartamento A 7; por el SUR, en una distancia de veinticuatro pies con nueve pulgadas (24 9), con pared medianera que comparte con el apartamento A 5 y en una distancia de diez pies con una pulgada (10 1) con la entrada de marquesina del apartamento A 5; por el ESTE, en una distancia de veintidós pies con tres pulgadas (22 3), con acera y calle de uso común general del Condominio; y por el OESTE, en una distancia de veintiún pies con nueve pulgadas (21 9), con el Área de Uso Común Limitado A. A este apartamento le corresponde una participación de tres puntos ciento treinta (3.130) por ciento en los elementos comunes generales del Régimen. Le corresponde para su uso y disfrute exclusivo junto a las demás unidades o apartamentos del Edificio A, el área de uso común limitado A. La referida escritura 135 sobre Modificación y Cancelación Parcial de Hipoteca se encuentra inscrita en el Registro de la Propiedad, Sección de Caguas I, al Sistema Karibe de Caguas, finca número 65521, inscripción 4ta. Dirección: VILLA NUEVA APARTMENT CONDOMINUM, UNIT #6 A, CAGUAS PR 00725 Según pactado se establece como tipo mínimo de la primera subasta la suma de $94,666.02. De ser necesaria una segunda por declararse desierta la primera, la misma se celebrará en mi oficina, sita en el Cuarto Piso del Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Caguas, Sala Superior, el día 12 de AGOSTO de 2026, a las 9:45 de la MAÑANA y se establece como tipo mínimo para dicha segunda subasta la suma de $63,110.68, equivalente a 2/3 partes del tipo mínimo establecido originalmente. De no adjudicarse la propiedad en esa segunda subasta, se celebrará una tercera subasta en mi oficina, sita en el Cuarto Piso del Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Caguas, Sala Superior, el día 19 de AGOSTO de 2026, a las 9:45 de la MAÑANA, y se establece como tipo mínimo para dicha tercera subasta la suma de $47,333.01, equivalente a la mitad del tipo mínimo establecido originalmente en la primera subasta. Los pagos se efectuaran en efectivo, giro postal y/o cheque certificado a nombre del Alguacil de Tribunal de Primera Instancia en el mismo acto de subasta. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer a la parte demandante el importe de la Sentencia dictada a su favor ascendente a la suma de $85,306.29 de principal, más los intereses devengados a razón de 6.00% anual desde el día 1ro de julio de 2025, hasta su total y completo pago; cargos por demora de todos aquellos pagos con atrasos en exceso de la fecha de vencimiento hasta el total y completo repago de la deuda; los créditos accesorios y adelantos hechos en virtud de la escritura de hipoteca; más la cantidad de $9,660,00, para costas, gastos y honorarios de abogado del demandante según pactados en el pagaré y en el contrato de hipoteca y cualesquiera otros adelantos para el pago de contribuciones y pólizas de seguro hechos por la demandante. Se notifica a todos los interesados que todos los actos y demás constancias del expediente de este caso están disponibles en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables para ser examinadas. Se entiende que todo licitador acepta la titularidad que da base a la misma. La susodicha venta en pública subasta, se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte dicha propiedad con rango posterior al gravamen aquí ejecutado. Se entiende que cualquier gravamen anterior y preferente al crédito que da base a esta ejecución continuará subsistente, entendiéndose que el rematante lo acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. Y para conocimiento de la parte demandada, de todas aquellas personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen objeto de ejecución, de todos los licitadores y del público en general, expido el presente Edicto de Subasta para su publicación dos (2) veces por espacio de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones en un diario de circulación general en Puerto Rico, así como para su publicación por espacio de dos (2) semanas en tres (3) sitios públicos del Municipio de Caguas, Puerto Rico, expedido el mismo en Caguas, Puerto Rico, hoy día 30 de junio de 2026. FIRMADO: EDGARDO ALDEBOL MIRANDA Alguacil Tribunal de Primera instancia SALA SUPERIOR DE CAGUAS FRAU & ASOCIADOS PO Box 331150 Ponce, PR 00733 1150 Tel. (787) 843 3404 / (787) 984 3013 (787) 843 3432

Detalles del edicto:


Fecha inicio: 2026-07-01T00:00:00-04:00
Fecha fin: 2026-07-09T00:00:00-04:00
Demandante: BANCO POPULAR DE PUERTO RICO
Acusado: SUCESIÓN DE DAMARIE RIVERA CRUZ COMPUESTA POR KRIZIA MARIE SANFELIZ RIVERA, FULANO DE TAL Y SUTANO DE TAL
Id Civil: CG2025CV04239

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