Los senadores del Movimiento Victoria Ciudadana (MVC), Ana Irma Rivera Lassén y Rafael Bernabe Riefkhol, autores del Proyecto del Senado 326, que busca establecer como delito menos grave el acoso callejero, rechazaron que la medida tenga elementos inconstitucionales y aseguraron que la pieza de ley atiende una conducta machista, cotidiana, que puede parecer inofensiva, pero no lo es.

“Por ahí hay gente hablando de que el lenguaje es vago y que podría ser inconstitucional, pero no creo que eso sea correcto, porque el Código Penal está lleno de delitos como la alteración a la paz, que mucha gente a veces dice que puede ser vago y es un delito muy preciso, porque tiene que ver cómo la víctima se siente y que eso que dice, le altera la paz”, dijo Rivera Lassén, en entrevista con Primera Hora. Sostuvo que se trata de una medida educativa, que entra en el concepto de justicia restaurativa.

El proyecto de ley se aprobó el miércoles en el Senado con el único voto en contra de la senadora del Proyecto Dignidad, Joanne Rodríguez Veve. Ahora cruza a la Cámara de Representantes.

“Esta es una medida que me recuerda la discusión que se dio aquí cuando se aprobó la Ley 54 de violencia de pareja, que decían que eran problemas de la pareja, que no tenían que meterse en eso, y cuando se discutió la ley de hostigamiento sexual, que lo disminuían a piropos. Realmente, estamos ante un proyecto que mueve el piso de la normativa social que mucha gente cree que es inofensiva, pero eso no se tiene que seguir aceptando, porque causa daño, y es el acoso callejero. Eso no es cualquier cosa”, subrayó Rivera Lassén, expresidenta del Colegio de Abogados y Abogadas.

Explicó que la medida enmienda el Código Penal para incluir el acoso callejero como una modalidad del acoso sexual y se trata de un delito “como cualquier otro”, con la diferencia de que si la persona acosadora es procesada y es encontrada culpable no enfrenta cárcel, sino que se expone a una multa.

Se consideran circunstancias agravantes cuando la persona acosadora es reincidente, si la conducta es contra menores de edad, si la persona agraviada está acompañando a un menor de edad. También cuando el acoso es contra personas de diversidad funcional, contra una madre lactante y contra personas mayores de 60 años.

Alcance del proyecto de ley

La medida establece que comete acoso callejero toda persona que a propósito o con conocimiento, incurra en actos o gestos obscenos verbalizados, de improperios o piropos de naturaleza sexual a una tercera persona, en espacios públicos o cuasi públicos y que mediante este comportamiento provoque una situación que resultase intimidatoria, degradante, hostil o humillante para la víctima.

Con las enmiendas, la pieza legislativa dispone entre las conductas que se considerarán acoso callejero: actos no verbales o verbales, como gestos obscenos, jadeos, silbidos y cualquier sonido gutural de carácter sexual, así como también, el que pronunciare palabras, comentarios, insinuaciones o expresiones verbales de tipo sexual, alusivas al cuerpo, al acto sexual y que por lo mismo, resulten humillantes, hostiles u ofensivas hacia la víctima, además de abordajes intimidantes, exhibicionismo o masturbación, persecución a pie o en medios de transportación.

Otra de las enmiendas establece que se entiende también como acoso callejero cuando una persona realiza captación de imágenes, vídeos o cualquier registro audiovisual, con o sin audio, por medio del uso de equipo electrónico o digital de vídeo, del cuerpo de otra persona o de alguna parte de él, incluyendo los glúteos y/o genitales, así como cualquier parte íntima del cuerpo, vestido o al descubierto, sin importar su género, sin su consentimiento y mediando connotación sexual.

También se considerará acoso callejero para propósitos de la ley, la divulgación en cualquier forma de este material por parte de la persona acosadora sin justificación legal o sin propósito legítimo alguno, en lugares público o cuasi públicos o en cualquier otro lugar donde se reconozca una expectativa razonable de intimidad.

La persona que infrinja la ley será sancionada con asistir a 12 horas a un Taller de Sensibilización contra el Acoso Callejero y multa de $150 o en la alternativa, 12 horas de labor comunitaria que sustituya la multa. Las horas de labor comunitaria se llevarán a cabo en una organización, recomendada por la Oficina de la Procuradora de las Mujeres, excluyendo de la lista a organizaciones o programas que trabajen, colaboren o atiendan sobrevivientes de violencia de género.

Con agravantes, la multa sube a $350 y a 16 horas de labor comunitaria.

“La idea no es mandar a la gente a la cárcel. La medida envía el mensaje de que el acoso callejero es una conducta que, aunque parezca inofensiva no lo es. Coloca a la víctima en una situación de temor cuando camina por las calles y espacios públicos y la mayoría de las víctimas son mujeres en todas sus diversidades, porque las mujeres trans también son víctimas de acoso y también las niñas, pero el proyecto aplica a todo el mundo”, detalló Rivera Lassén.

Dijo que espera que la medida pase en la Cámara con una votación similar a la del Senado y que llegue al despacho del gobernador Pedro Pierluisi.

“Espero que lo firme. Creo que esto va sacar a la luz las historias que las mujeres en todas sus diversidades pasamos en la calle. Lo que queremos es que el pueblo entienda que esa conducta se normaliza, pero no tiene que ser aceptada”, esbozó la senadora.

Indicó que el portavoz de la minoría novoprogresista, Thomas Rivera Schatz defendió la medida cuando se discutió en el hemiciclo senatorial y sostuvo que varias de las enmiendas que recibió la pieza legislativa fueron del senador. “Las enmiendas de Rivera Schatz van dirigidas a definir todavía más la conducta que se está penalizando y a dejar claro que las personas procesadas no puedan, bajo ninguna circunstancia sin un fin legítimo, tomar imágenes de connotación sexual. Eso no puede dejarse como normal. Tiene que tener una justificación legal o un propósito legítimo, la conducta que se está penalizando es cuando estas imágenes se toman sin el consentimiento de la persona”, precisó Rivera Lassén.

Mencionó como ejemplo, de conducta clasificada bajo el nuevo delito, el que se tomen videos o imágenes de glúteos y partes privadas de las personas sin una justificación legal o propósito legítimo.

“No tengo la menor duda de que este proyecto no interviene con el trabajo legítimo de la prensa”, estableció la senadora del MVC.

“No es una changuería”

En iguales términos se expresó el senador Bernabe Riefkhol.

“Ha habido preocupación porque una de las formas de acoso es estar tomando fotos o videos de las personas sin autorización de las personas, se especifica que no se puede hacer eso, a menos que se tenga un fin legítimo. Algunos fotoperiodistas levantaron la preocupación de que ellos tienen que tomar fotos de multitudes, de personas, de situaciones y no pueden estar pidiéndole autorización a todo el mundo, pero el trabajo periodístico es un fin legítimo y está protegido por esa disposición”, indicó el legislador.

“Si usted va a la playa puede tomar fotos de su familia y puede que aparezcan otras personas que estaban allí en la playa, eso es normal y es diferente a que usted coja su cámara y vaya a perseguir a una persona o a tomarle fotos y esa persona se va a sentir acosada por usted”, consignó Bernabe Riefkhol.

Dijo que lo primero que hace el proyecto es que “reconoce la existencia de un problema, le da un nombre y el nombre es acoso callejero, que es la práctica que es muy común en nuestra sociedad, que lo sufren fundamentalmente las mujeres de que personas, por lo general hombres, se sienten autorizados a interrumpirlas, a interpelarlas, a hablarles, a entorpecerles el camino con diversas prácticas”.

“Todos conocemos esta práctica: una mujer va caminando por la acera, el individuo reduce la velocidad del automóvil, baja el cristal y le hace todo tipo de comentarios y de invitación que, evidentemente, a la mujer no le interesa estar recibiendo. Lo mismo pasa cuando están caminando por las calles. Lo que se plantea es que esto es una costumbre aceptada históricamente por nuestra sociedad, pero que debe cambiar, que hace que muchas mujeres se sientan intimidadas, se sientan incómodas, que sientan humilladas y hasta se vean obligadas a alterar sus movimientos”, expresó.

Puso como ejemplo que muchas estudiantes de la Universidad de Puerto Rico (UPR) no caminan por ciertas calles en Río Piedras o alteran la ruta que normalmente llevarían para ir a coger el carro público porque saben que hay algunas personas que están constantemente ahí haciendo comentarios.

“Nosotros creemos que hay que levantar conciencia de que esto es una práctica que no es aceptable. El objetivo de la medida es levantar conciencia de que de que este problema existe y de que eso no debe ser así. El objetivo no es meter preso a la gente por hacer esto, sino que se cobre conciencia del hecho y que, si a alguna persona se le encuentra culpable de este comportamiento, tome unos cursos de capacitación para cobrar conciencia de esta situación. Esta medida no impide que usted hable con las personas, aquí de lo que se habla es de situaciones en las que hay una expectativa de privacidad y que se interrumpe”, puntualizó el legislador del MVC.

Consideró que la medida será un disuasivo para que la persona que incurre en este comportamiento no haga las cosas automáticamente y no piense que, porque se siente convocado o atraído por una persona, tiene derecho a estar interpelándola en la calle.

“No es una changuería, se trata de que las calles sean de todo el mundo”, sostuvo el senador. “Las penas son mínimas y creo que si una mujer va caminando por la calle y sufre una situación de acoso, probablemente antes de que ella pueda hacer una denuncia o hacer a una querella, la persona que está acosando se va a desaparecer, pero aún así, me parece que es positivo que quien sea que esté incurriendo en esta práctica, sepa que está violando la ley y que la mujer le pueda decir: ‘estas violando la ley, te voy a denunciar’”.

Cambio a nivel mundial

La exposición de motivos del proyecto indica que en el mundo, 189 estados han firmado la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.

Sin embargo, 177 países no tienen una legislación contra el acoso callejero. Entre los países que sí tienen, Perú fue pionero en América Latina con una ley que obliga a las ciudades a desarrollar ordenanzas para prevenirlo.

Según la medida, otros países que cuentan con legislación, estructuras y/u Observatorios de la Mujer contra el Acoso Callejero o alguna de sus manifestaciones los son: Argentina, Chile, Costa Rica, Guatemala, Colombia, Brasil, Uruguay, Nicaragua, México, Ecuador, Reino Unido, Holanda, Bélgica, Francia, Portugal, Nueva Zelanda y Estados Unidos.