El procurador de la Salud, Carlos R. Mellado, favoreció un anteproyecto de ley que establece guías cuando se evalúa si debe hacerse una desconexión de ventiladores e instrumentos de apoyo cardio respiratorio en aquellos casos que medie una declaración médica de muerte cerebral.

La directora ejecutiva de LifeLink, Marién Saadé, coincidió en la necesidad de añadir guías o directrices al actual protocolo de determinación de muerte cerebral que reglamenten el proceso de remoción de los mencionados aparatos de apoyo, aún cuando afirmó que no es necesaria una nueva Ley de Determinación de Muerte, porque la legislación vigente es suficiente para atender este asunto.

La discusión sobre el tema se desarrolló en una audiencia pública de la Comisión de Salud y Nutrición del Senado, que evalúa un proyecto para crear precisamente una ley de determinación de muerte.

Tanto LifeLink, como el Banco de Ojos del Leonismo Puertorriqueno, rechazaron el proyecto con el argumento de que desde 1983, existe en Puerto Rico un estatuto que atiende adecuadamente este tema.

“La pieza legislativa adolece de deficiencias conceptuales y de redacción, que de ser avalada según redactada, trastocaría la manera en que se declare la muerte cardio respiratoria en Puerto Rico”, advirtió Saadé.

“Los procedimientos a seguirse para la declaración de muerte cerebral ya están debidamente reglamentados por la Junta de Disposición de Órganos y Tejidos Humanos en sus guías para establecer un protocolo para la declaración de muerte cerebral en Puerto Rico, las cuales fueron redactadas amparándose en la Ley 296 y en los Artículos 51,52 y 53 del Reglamento de la Junta creada por la Ley 296”, agregó la ejecutiva de LifeLink.

La portavoz del Banco de Ojos, Miriam Vázquez, planteó una objeción similar a la medida senatorial.