Aprueban nueva ley de impericia médica

Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 15 años.
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Con el voto en contra de la minoría popular, la mayoría penepé en la Cámara de Representantes aprobó ayer un proyecto de ley que establece un tope de $300,000 por compensación de daños morales y angustias emocionales en casos de impericia médica.
Los daños económicos de la víctima los determinaría el tribunal.
La delegación popular argumentó que la medida beneficia a la clase médica y deja desprovistas a las víctimas. Todos los populares votaron en contra, excepto la representante Lydia Méndez, que se abstuvo.
El vicepresidente de la Cámara y autor de la pieza de ley, Gabriel Rodríguez Aguiló, presentó una enmienda en sala para que en vez de un panel sea un cuerpo comisionado el que evalúe en sus méritos las demandas de impericia médica y determinará si los pleitos son frívolos.
El cuerpo comisionado lo presidiría un abogado o ex juez, nombrado por el juez presidente del Tribunal Supremo. El secretario de Salud tendría que someter una lista para seleccionar al segundo integrante y el tercero representaría al interés público.
Rodríguez Aguiló también propuso enmendar la definición de negligencia crasa. “Por ejemplo, si un médico opera bajo los efectos del alcohol y se puede probar el daño que ocasionó, se deja sin efecto el tope”, dijo el legislador.
La medida, que enmienda la Ley de Seguros de Puerto Rico, indica en su exposición de motivos que, en la actualidad, Puerto Rico enfrenta una grave escasez de especialistas, causada en parte por la falta de programas de residencias médicas, pero más todavía por el aumento drástico en demandas frívolas y el manejo inapropiado de los casos de impericia médica.
Las estadísticas demuestran que de 1992 a 2006 hubo un aumento en las demandas radicadas de aproximadamene 50 por ciento. Pero no se ha establecido una correlación entre el número entre el alza en los litigios con el aumento en los casos de impericia médica meritorios. La medida dice que sólo el tres por ciento de las demandas son adjudicadas en sus méritos.
El proyecto sostiene que la falta de mecanismos para lidiar con la responsabilidad profesional en el ejercicio de la medicina ha sido un problema recurrente y en ocasiones crítico, en Puerto Rico.
Recuerda la medida que, la primera crisis se presentó en la década de 1970 cuando no había compañías aseguradoras y la segunda crisis en los años 80, cuando existiendo las primas por ocurrencia se sustituyeron por la de reclamación durante la vigencia de la póliza.
“Cada cocausante de un daño debe ser responsable únicamente por aquellos daños atribuibles directamente a su persona”, dijo el representante José Torres Zamora.