Como resultado de la pandemia del COVID-19, la Cámara de Representantes aprobó esta tarde en votación partidista, una resolución conjunta que cambia para el 9 de agosto de 2020, las primarias de ley de los partidos políticos.

La medida, que pasa al escrutinio del Senado, recibió 26 votos a favor de la mayoría novoprogresista y 16 en contra de las minorías popular, independentista y el representante, Manuel Natal.

La nueva fecha había sido acordada el pasado fin de semana en la reunión del directorio del Partido Nuevo Progresista (PNP).

En el debate de la pieza legislativa, el portavoz de la delegación popular, Rafael “Tatito” Hernández reclamó que debió ser un proyecto “de consenso” y dijo que la medida retrataba “la peleíta” entre la gobernadora Wanda Vázquez y el excomisionado residente, Pedro Pierluisi “en la alternancia de colegios”.

En la jerarquía de los funcionarios de colegio en vez de ser los representantes de los candidatos a la gobernación los que van a estar al frente del proceso, la medida dispone que van a ser los representantes de los candidatos a alcalde. Esta es la primera papeleta que se cuenta.

“Aquí van a votar hasta los choznos”, sostuvo Hernández, quien calificó la medida como “un tumbe electoral”.

“Esto es como la película El Padrino, la guerra por el control del punto”, dijo a su vez, el representante Luis Vega Ramos, mientras otro popular, Ángel Matos expresó que la resolución “carga los topos” a favor de Pierluisi. “Esto parece que lo escribió Pedro Pierluisi. Sé que Wanda es mala, pero no se merece este rancho que le están haciendo”, sostuvo.

El representante penepé, Jorge Navarro Suárez, quien defendió la pieza legislativa, dijo que la resolución conjunta es para el evento específico de las primarias. “Esta resolución muere. No le mientas al pueblo Tatito, esto no es para hacerle un tumbe a nadie”, indicó.

La medida permite el voto adelantado, pero el elector tiene que solicitarlo 40 días antes del evento especial y da paso a una mayor amplitud del voto encamado. Permite que el cónyuge, hijos, hijas y parientes dependientes que formen parte del grupo familiar inmediato del elector encamado, bajo el mismo techo, puedan también votar mediante ese mecanismo.

Se permite además, que electores mayores de 60 años, previa solicitud a la CEE, puedan emitir el voto en su domicilio ante una junta de balance.

El día de la elección las votaciones serán entre 8:00 de la mañana a 5:00 de la tarde y no se permitirá el voto electrónico o el voto por correo. Se votará en papeleta y el escrutinio de los votos será electrónico.

La medida, que sufrió enmiendas en sala establece que la Comisión Estatal de Elecciones (CEE), así como las comisiones especiales de primarias, previo asesoramiento con el Secretario del Departamento de Salud tomarán todas las medidas necesarias para asegurar la seguridad de los votantes y funcionarios electorales con medidas de higiene y protección, para evitar el contagio con el COVID-19.

Establece además, que aquellos electores que tengan miedo al contagio con el coronavirus de manera tal que les impida presentarse a los colegios de votación, emitirán su voto de manera presencial, el cual deberá ser gestionado mediante una junta de balance en el domicilio del elector.

Dice la medida, que la comisión de primarias aprobará e implantará los reglamentos que fueran necesarios para la ejecución de ese voto adelantado y que la comisión local será responsable de verificar, evaluar y aprobar la solicitud, conforme al reglamento aplicable.

Sostiene además, que los miembros de las Juntas de Inscripción Permanente deberán grabar la solicitud como una transacción de fácil acceso y la Junta Administrativa del Voto Ausente (JAVA) será responsable de trabajar la votación como voto adelantado y la adjudicación de estos votos.

Para los casos que soliciten el voto adelantado por la causal de algún tipo de condición médica que le impida asistir a su colegio de votación, la Comisión proveerá un formulario para que el médico de cabecera o de tratamiento del elector certifique que el elector presenta un problema de movilidad física que sea de tal naturaleza que le impida acudir a su centro de votación.

“Para estas primarias se permitirá un certificado que indique que alguna otra condición de salud le impide acudir al centro de votación”, agrega la resolución.

Las primarias de partidos se celebran como requisito de la Ley 78 de 201, conocida como Código Electoral de Puerto Rico. En el evento, sólo el PNP y el Partido Popular Democrático (PPD) escogen sus candidatos a la gobernación, así como también se deciden otras candidaturas a Cámara y Senado y a alcaldías. El Partido Independentista Puertorriqueño, Victoria Ciudadana y los demás partidos por petición no tienen primarias.