La Alerta Rosa, creada mediante la Ley 149 del 2 de octubre de 2019, se implementó para contar con mayores mecanismos de protección de las mujeres de 18 años o más desaparecidas o secuestradas.

Pero, ¿cómo funciona?

Los casos son llevados ante la atención del presidente del comité activador de alertas, quien determina si es meritorio activar el comité, el cual es conformado por un coordinador de delitos sexuales, el coordinador de personas desaparecidas, un representante de la Oficina de la Procuradora de la Mujer, así como la coordinadora de violencia doméstica.

Este grupo se reúne a evaluar información recopilada por el agente investigador del caso.

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En entrevista previa con Primera Hora, la teniente Aimée Alvarado, directora de la División de Crímenes Contra la Mujer y Violencia Doméstica del Negociado de la Policía, destacó que este proceso de activación “es rápido, dinámico y hay que seguir unas reglas y guías”.

Lo más importante, según dijo, es que en “la toma de decisiones no podemos poner en mayor riesgo a la persona desaparecida o secuestrada”.

Expuso que entre las consideraciones genéricas a evaluar están que la persona, que debe ser identificada mujer, ya sea por expresión de género, que tenga más de 18 años, así como no padezca de condiciones mentales diagnosticadas o Alzheimer, ya que para este renglón existe otro tipo de alerta. Es importante, además, que haya un querellante que pueda dar su descripción, así como acreditar las condiciones y circunstancias de su desaparición o secuestro.

También se verifica en la Oficina de la Procuradora de la Mujer si la perjudicada se encuentra en algún albergue y si ha solicitado ayuda gubernamental o en alguna entidad acreditada por ser víctima de violencia de género.

Aspectos que identifiquen cambios en los patrones que tenga la mujer, como una ausencia imprevista al trabajo o señales que establezcan que esté en peligro de muerte o grave daño corporal, se toman en cuenta.

Se determina, además, el riesgo que corre al ser hallada. A modo de ejemplo, la teniente explicó que es importante corroborar si la querella fue radicada por la persona que ha sometido a la mujer en un patrón de violencia o le interesa hacerle daño.

“Si la desaparición es forzosa por un patrón de violencia doméstica o algún otro delito, como crímenes de odio, amenazas previas, si se ha solicitado dinero por el rescate, cuyo caso eso es una de las causas por las cuales no la activaríamos, pondríamos en mayor riesgo la víctima” de activarse la Alerta Rosa”, explicó Alvarado.

El tiempo que se hayan demorado para querellarse de la desaparición o secuestro de la mujer también se toma en consideración.

Con la activación de la Alerta Rosa, la Policía busca que “la ciudadanía se convierte en nuestros ojos y oídos. Que nos transmitan a nosotros donde la vieron o pudieron ver, algún tracto que nos pudiera llevar a conseguir a la persona desaparecida o secuestrada”.

La primera vez que se activó la Alerta Rosa fue en el caso de Keishla Marlen Rodríguez Ortiz, crimen por el que fue encontrado culpable el exboxeador Félix Verdejo.

Si usted es víctima de violencia de género y necesita ayuda o puede reportar algún caso de un familiar o conocido, puede comunicarse al Centro de Respuesta Integradas de Apoyo y Servicios para la Mujer (CRIAS) de la Procuradora de la Mujer al 787-722-2977.