El representante independentista Denis Márquez sometió una resolución en la que lista una veintena de delitos que habría cometido el gobernador Ricardo Rosselló en el infame chat que sostenía con varios de sus más cercanos colaboradores, y que espera sea el punto de partida para comenzar el proceso de residenciamiento del gobernador.

La Resolución de la Cámara 1465 lista 18 violaciones al código penal, una a la Ley de Ética Gubernamental, y otra más a las leyes federales.

“Querían pliego acusatorio. Aquí está el pliego acusatorio”, afirmó Márquez al presentar la resolución, que pide “iniciar el proceso de residencia del Gobernador de Puerto Rico, Ricardo Rosselló Nevares, al amparo de lo dispuesto en la Sección 21, Artículo III de la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”.

“He radicado ante la Cámara de Representantes el pliego acusatorio contra el gobernador de Puerto Rico, mediante la Resolución 1465, para que no haya ningún tipo de excusa para iniciar el proceso de residenciamiento al gobernador de Puerto Rico. No puede seguir en la Fortaleza ni un minuto más el gobernador de Puerto Rico”, afirmó el representante del Partido Independentista Puertorriqueño.

La lista de cargos que acompaña a la resolución es la siguiente:

Intervención indebida en procesos gubernamentales (artículo 254, Código Penal)

Uso de recursos públicos para fines político-partidistas (art. 252, Código Penal)

Violaciones a la Ley de Ética Gubernamental (art. 4.7, Ley de Ética Gubernamental)

Discrimen por razón de género (art. 180, Código Penal)

Discrimen por razón de orientación política (art. 180, Código Penal)

Discrimen por razón de orientación sexual (art. 180, Código Penal)

Recopilación ilegal de información (art. 167, Código Penal)

Conspiración (art. 244, Código Penal)

Empleo de violencia o intimidación contra la autoridad pública (art. 245, Código Penal)

Resistencia y obstrucción a la autoridad pública (art. 246, Código Penal)

Enriquecimiento ilícito (Art. 250, Código Penal)

Aprovechamiento ilícito de trabajos o servicios públicos (art. 252, Código Penal)

Influencia indebida (art. 261, Código Penal)

Obstrucción a la justicia (art. 246, Código Penal)

Malversación de fondos públicos (art. 264, Código Penal)

Revelación de comunicaciones y datos personales (art. 173, Código Penal)

Incitación a la violencia (art. 242 A, Código Penal)

Conspiración, amenazas o atentados contra funcionarios del sistema de justicia o sus familiares (art. 284, Código Penal)

Amenazas (art. 177, Código Penal)

Conspirar contra el ejercicio de un derecho (18 US Code sec 241)

Márquez recordó que el presidente de la Cámara, Carlos “Johnny” Méndez dijo el domingo que no había ningún pliego acusatorio ni señalamiento de delitos. “Pues en el día de hoy le he presentado mediante comunicación, le he enviado una carta acompañando la Resolución 1465, para crear la comisión especial de la Cámara para iniciar este procedimiento”.

Márquez sugiere un término de 10 días para que la Cámara se convoque, cree una comisión especial, evalúe el pliego acusatorio y cumpla con su deber constitucional de votar sobre la resolución y, si al menos dos terceras partes la avalan, enviar al Senado la acusación contra el gobernador para que sea entonces juzgado.

Márque alertó que no se debe esperar a que el asunto sea evaluado por la secretaria de Justicia, Wanda Vázquez.

“La secretaria de Justicia fue la funcionaria que dijo ‘errar es de humanos’ cuando evaluó la conducta del gobernador. Es una subordinada. Es cómplice del grupo del gobernador. Es parte de este gobierno. Va a ser el cabro velando las lechugas”, insistió el representante.

“En ningún sitio en la Constitución dice que la Cámara tiene que esperar por nadie. Tampoco la Constitución dispone para el proceso de residencia ningún criterio de que hay que dar un tiempo al gobernador, que hay que esperar a que él reflexione. Es el momento de actuar”, afirmó Márquez.