El Senado acordó hoy por unanimidad, investigar la proliferación de comercios y negocios ambulantes dedicados al alquiler de monopatines, mejor conocidos, como “scooters”, en áreas turísticas, a pesar de que la Ley de Tránsito prohíbe su uso en autopistas y demás vías públicas pavimentadas, tanto estatales como municipales.

La resolución aprobada encomienda la investigación a la Comisión de Innovación, Telecomunicaciones, Urbanismo e Infraestructura del Senado. La comisión también evaluará la necesidad o viabilidad de promulgar normas adicionales dirigidas a reglamentar este tipo de actividad comercial. La medida, de la autoría de la senadora novoprogresista Nitza Morán Trinidad, recibió 27 votos a favor.

“Esto se ha convertido en un caos . Lo que está ocurriendo en el área del Condado es un caos… Todos vimos las imágenes de una turista, aparentemente, que se envalentonó y se lanzó no solo a la acera ni a la calle, sino a la Baldorioty de Castro. Los hemos visto transitar por el puente Minillas, lo que significa que ya se han convertido en vehículos prácticamente de motor por las vías públicas de nuestra ciudad capital”, dijo en un turno en el debate de la medida, el senador novoprogresista Henry Neumann.

El legislador se refirió al vídeo que se hizo viral ayer domingo de una mujer corriendo un scooter eléctrico en pleno expreso Baldoritoy de Castro en dirección de San Juan a Carolina, en medio de la vía.

“Nosotros tenemos que controlar esto. Debe surgir legislación para que podamos tomar medidas que no perjudiquen unos métodos nuevos de transportación, pero que podamos eliminar el caos”, sostuvo Neumann.

El senador del Movimiento Victoria Ciudadana, Rafael Bernabe dijo que está a favor de cualquier medida que tenga como objetivo evitar accidentes en las vías públicas. No obstante, pidió que no se parta “de la premisa de que esto es ilegal y que lo único que hay que investigar es cómo lo detenemos”.

El también profesor universitario sostuvo que se trata “de una nueva manera de movilidad” y subrayó que “no es un problema de nosotros nada más”, sino que se discute en varios países del mundo como en España.

El portavoz alterno de la delegación novoprogresista, Carmelo Ríos Santiago indicó por su parte, que más de 100 ciudades en Estados Unidos están lidiando con estos vehículos, algunas desde hace año y medio.

Detalló que el mercado para las scooters eléctricas es para personas jóvenes de entre 18 a 35 años. Ademas, dijo que se diseñaron para personas que estuviesen fuera de las zonas urbanas y para personas que no utilizaran aplicaciones sobre medios de transporte de servicios como Uber y Lyft.

“Hay escollos del comercio interestatal y de desarrollo económico que no podemos detener, pero si podemos regularlo, reconociendo que no tenemos la infraestructura para que la transportación en bicicletas y a pie sea viable. No estamos en contra de la tecnología nueva, pero tiene que haber ley y orden”, sostuvo Ríos Santiago.

La medida legislativa, en su exposición de motivos, indica que la actividad de pasear utilizando estos monopatines junto a amigos y familiares se puesto de moda a lo largo y ancho de todo Puerto Rico y aunque a simple vista puede catalogarse como una muy entretenida o recreativa, las leyes vigentes en el País prohíben el uso de estos vehículos en carreteras pavimentadas.

Detalla que aunque el artículo 20.04 de la Ley de Vehículos y Tránsito permite a los municipios reglamentar ciertos usos de las calles y vías públicas bajo su jurisdicción, el estatuto enfatiza en que en lo que se refiere a autociclos o motonetas “no podrán transitar por las autopistas, carreteras estatales y demás vías públicas estatales y municipales que estén pavimentados”.

Incluso, la ley contempla multas para los infractores que van desde los $1,000 a $5 mil dólares si median circunstancias agravantes como negligencia o cuando por imprudencia temeraria el conductor se vea involucrado en cualquier evento en el que se ocasiones daño a otra persona o a su propiedad.

La pieza legislativa sostiene que la Ley de Tránsito define como autociclo o motociclo a todo vehículo autoimpulsado de dos ruedas o más, provisto de un motor con una capacidad de frenar que no exceda de cinco caballos de fuerza. Se incluye en la definición, minibikes, monopatines, patineta motorizada, gocarts, bicicletas a las que se le hayan instalado motores, así como cualquier otro artefacto de dos ruedas o más con un motor que noe exceda de cinco mil caballos de fuerza.