La secretaria del Departamento de la Familia (DF), Idalia Colón, justificó que una empleada de quien se tiene abundante evidencia que la vincula con un fraude contra el Programa de Asistencia Nutricional (PAN) siga laborando con acceso a información confidencial del público sin que se le suspenda sumariamente de empleo como medida cautelar.

Colón calificó como “detalles preliminares” la información que hasta ahora ha llegado al nivel central del DF, a un mes desde que comenzó la pesquisa a nivel de la región de Guayama, e indicó que ello “no es suficiente” para suspender sumariamente a la empleada, ni para restringir los accesos que esta tiene.

Esto, a pesar de que la investigación hasta ahora apunta claramente a que el acceso irrestricto a la base de datos fue lo que permitió que por dos años la funcionaria se las ingeniara para mantener activa la tarjeta del PAN de un indigente fallecido y así defraudar por $16,000 a la propia agencia para la que trabaja.

Tanto Colón como la directora de la División de Asuntos Legales del DF, Janine Marrero, indicaron en entrevista con Primera Hora que conocen del caso y dijeron que fue referido con prontitud desde la Administración de Desarrollo Socioeconómico de la Familia (Adsef) y que dicha entidad -que administra el programa del PAN-, lo está investigando a nivel central.

“Desde ese momento las personas encargadas en Adsef investigan la frecuencia de uso de esa tarjeta”, dijo Colón.

Pero, las oficinas locales de Arroyo y Guayama tienen conocimiento de la frecuencia del uso de la tarjeta usurpada al participante fallecido Luis A. Meléndez Ramírez desde agosto pasado, pues todas las transacciones constan en el sistema de la agencia, supo este diario.

La situación admitida por la secretaria parece confirmar lo declarado recientemente por la directora de la División Legal de Adsef, Magda Arana, cuando esta reconoció que los sistemas de investigación para detección de fraude en dicha dependencia son deficientes. Según dijo entonces, se ha sometido una propuesta al Departamento de Agricultura federal, agencia que suple los fondos del PAN, para que autorice cambios en los procedimientos.

La administradora de Adsef, Marta Elsa Fernández, no estuvo disponible para ofrecer su reacción.

Por su parte, Marrero sostuvo que “una vez Adsef recopila todo, lo somete a nuestra oficina y tiene que ser lo más completo posible porque yo tengo que sustentar si procede una medida disciplinaria o incluso el referido al Departamento de Justicia por la comisión de delitos o a la Oficina de Ética Gubernamental”.

Mientras la gerencia del DF, que ha estado bajo fuego por presuntas irregularidades y negligencia en el manejo de miles de casos de maltrato infantil reportados hasta el 2012, se toma su tiempo para no “imponer” sanciones ante lo que parece ser un nefasto precedente de fraude, la empleada señalada pasa con ficha y sigue teniendo el mismo acceso a datos confidenciales.

A cuestionamientos de este diario sobre la aparente falta de medidas cautelares, Marrero dijo que “la suspensión sumaria es algo que no se toma livianamente... necesito una evidencia sólida, no la puedo imponer por meras alegaciones”.

Esto a pesar de que no se trata de “meras alegaciones”, puesto que el uso de las tarjetas del PAN es monitoreado electrónicamente, la compra efectuada ha sido corroborada y la tarjeta que ha estado activa recibiendo beneficios que llegan a unos $16,000 sin duda alguna aparece bajo el nombre de un difunto, aun cuando un familiar cumplió con el protocolo de notificación para efectuar la baja del participante.

La explicación de Marrero para que la empleada investigada al día de hoy no haya visto consecuencia alguna de los actos que parecen quedar demostrados con abundante documentación y testimonios internos no parece estar acorde con las reglas de la agencia que corresponden a la sección a la que pertenece la funcionaria.

En la sección 3 del artículo de medidas disciplinarias de la unidad laboral B del DF, a la que pertenece la investigada, se dispone que “será causa para la suspensión de empleo y no de sueldo (antes de celebrar una vista informal) los cargos por situaciones en que haya motivos fundados para creer que existe peligro real” para la seguridad de los que reciben servicios de la agencia y de que haya “pérdida de propiedad o mala utilización de fondos públicos”.

La Ley 184 para la Administración de Recursos Humanos en el Servicio Público también provee para imponer la suspensión sumaria de empleo en circunstancias similares.

Por su parte, la secretaria de la Familia sostuvo que “desde que se conoció el caso se enviaron directrices de supervisión” para las transacciones de todos los empleados y “en términos de la supervisión de esa empleada”. Este tipo de medidas no forma parte de las disposiciones ni medidas disciplinarias, sino que parecen ser discrecionales.