La Oficina de Ética Gubernamental presentó hoy una querella contra Juan J. Rodríguez Pérez, exalcalde de Ciales, por haberse quedado con dos celulares –propiedades del municipio y pagados con fondos públicos– al no entregarlos hasta siete meses después de haber salido del puesto.

De acuerdo al documento del caso, al exfuncionario del Partido Popular Democrático se le acusa de cinco violaciones al artículo sobre “Prohibiciones éticas de carácter general” de la Ley de Ética Gubernamental de Puerto Rico.

Y es que, al cesar sus funciones como alcalde el 31 de diciembre de 2016, el querellado no entregó el Samsung Note 5 que tenía asignado, “sino que retuvo indebidamente la propiedad pública por los siete meses siguientes a su salida de la alcaldía”, lee el documento.

Además de retener su teléfono móvil, días antes de terminar su término tras no ser reelecto en las elecciones generales, Rodríguez Pérez “gestionó y obtuvo un teléfono celular adicional dentro de la cuenta… a un costo de $359.99”.

El segundo celular se trata de un LG modelo V-10, ambos de la compañía Claro.

“El teléfono LG tampoco fue reportado, ni entregado por el querellado durante el proceso de transición o a su salida de la Alcaldía el 31 de diciembre de 2016”, añade la querella.

El municipio se enteró de lo sucedido cuando recibió facturas de cobro por mensualidades de servicio celular de la compañía Claro.

Entonces, el 20 julio 2017 la administración municipal le envió una comunicación al exalcalde pidiéndole que entregara los equipos e indicándole la cantidad adeudad por sus usos.

Sin embargo, no fue hasta el 16 de agosto de 2017 que Rodríguez Pérez entregó los celulares por medio de un tercero.

“La actuación del querellado de retener las dos unidades de teléfono para uso y beneficio personal por siete meses y medio tuvo como resultado la remisión de facturas de cobro por uso de celular por parte de la Compañía Claro al Municipio de Ciales, ascendentes a $944.89”, dicta el documento.

Por otro lado, el ‘Reglamento para el uso de teléfonos celulares en el Municipio de Ciales’ establece que el alcalde “solo podrá tener una unidad móvil o teléfono celular pagada por el Municipio”.

De acuerdo a la investigación de Daisy N. Usera Falcón y Melissa M. Jiménez Bosques, abogadas del Área de Investigaciones y Procesamiento Administrativo de la Oficina de Ética Gubernamental, el exalcalde cometió, al menos, cinco violaciones a la Ley de Ética Gubernamental.

Al no retener el primer teléfono y por adquirir uno nuevo, el exalcalde habría cometido dos violaciones al Artículo 4.2 (b) que establece que “un servidor público no puede utilizar los deberes y las facultades de su cargo ni la propiedad o los fondos públicos para obtener, directa o indirectamente, para él o para una persona privada o negocio, cualquier beneficio que no esté permitido por ley”.

Además, al no reportar los celulares, ni entregarlos durante el proceso de transición, el querellado también infringiría el Artículo 4.2 (p), que establece que “un servidor público no puede alterar, destruir, mutilar, remover u ocultar, en todo o en parte, la propiedad pública bajo su custodia”.

También, violaría el Artículo 4.2 (r) por no cumplir con el reglamento del municipal, quedarse con el celular y crearle un gasto al ayuntamiento. “Un servidor público no puede omitir el cumplimiento de un deber impuesto por ley o reglamento, si con ello ocasional la pérdida de fondos públicos o produce daño a la propiedad pública”.

Por último, las abogadas señalan una violación al Artículo 4.2 (s) ya que “un servidor público no puede llevar a cabo una acción que ponga en duda la imparcialidad e integridad de la función gubernamental”.

La querella solicita para Rodríguez Pérez una multa de hasta $20,000 por cada infracción demostrada, así como una sanción equivalente a tres veces el valor del beneficio económico recibido.

Asimismo, piden como medida administrativa la restitución de los $944.89.

“La parte querellada tendrá un término de veinte (20) días para contestar las alegaciones de esta querella. De no comparecer a alguna etapa del procedimiento se podrá continuar sin su participación”, apunta la querella.