Facilitan bodas de no residentes en Puerto Rico con cambios en el Registro Demográfico
El director ejecutivo de la Compañía de Turismo de Puerto Rico (CTPR), Mario González Lafuente, y el secretario de Salud, Lorenzo González Feliciano, anunciaron el acuerdo y los nuevos procedimientos.

Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 14 años.
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Con el fin de agilizar los trámites necesarios para que personas no residentes se puedan casar en Puerto Rico, el Registro Demográfico creó un nuevo proceso especial tras un acuerdo entre la Compañía de Turismo y el Departamento de Salud.
Este acuerdo de colaboración unido a la nueva Ley 127 de Bodas de Destino, que firmara el gobernador Luis G. Fortuño en agosto de 2010, busca incentivar los viajes nupciales, mejorando la oferta de Puerto Rico frente a la fuerte competencia del resto del Caribe.
El director ejecutivo de la Compañía de Turismo de Puerto Rico (CTPR), Mario González Lafuente, y el secretario de Salud, Lorenzo González Feliciano, anunciaron el acuerdo y los nuevos procedimientos.
La nueva ley, que enmienda la Ley del Registro Demográfico, ahora permite a los novios no-residentes presentar una certificación médica que cumpla con todas las pruebas requeridas para contraer matrimonio en su lugar de residencia. Esta certificación médica de los contrayentes tiene validez de 10 días calendario luego de la fecha de expedición.
“Estamos muy complacidos con la colaboración que nos está brindando el Departamento de Salud, que a través de estas iniciativas innovadoras que trabajaremos en conjunto con el Registro Demográfico, contribuirá a nuestro objetivo de desarrollar al máximo el mercado del turismo de bodas en Puerto Rico” expresó el Director de Turismo.
El secretario Salud, Lorenzo González Feliciano, destacó por su parte que las medidas tomadas eliminan procesos burocráticos que antes podrían desalentar la celebración de bodas en la Isla.
“Hemos trabajado incansablemente para posicionar la Isla entre uno de los destinos de bodas más solicitados del Caribe y definitivamente iniciativas como esta contribuyen al objetivo compartido de atraer más remuneración económica del sector turístico que se encuentra en constante crecimiento”, expresó Daphne Barbeito, presidenta de WedAffair.
El nuevo proceso especializado en el Registro Demográfico - sólo para los no-residentes - es el siguiente:
1) Llamar al 1-800-866-7827, si es de Estados Unidos o Puerto Rico. Para llamadas de América Latina el número es 1-800-981-7575. Ambas líneas telefónicas son completamente libre de costo y el personal es bilingüe.
2) Acordar una cita para ir a la oficina del Registro Demográfico, en el tercer piso de Plaza las Américas.
3) Dar nombre e información de los novios. La cita la puede hacer el coordinador de bodas.
4) Para la cita no tiene que hacer fila. Se requiere la presencia de los novios.
Los documentos que debe proveer la pareja al Registro Demográfico conforme a esta Ley son:
- Certificación médica que cumpla con todas las pruebas requeridas para contraer matrimonio en su lugar de residencia. La misma será válida por 10 días desde su expedición. Transcurrido este término, no podrán contraer matrimonio sin una nueva certificación médica.
- Identificación con foto expedida por el gobierno del país o estado donde reside.
- Pasaporte o tarjeta electoral.
- Copia de declaración jurada donde estipula que no son residentes de Puerto Rico; que el propósito de su visita es para contraer matrimonio y, de ser ciudadano extranjero, que no permanecerá en Puerto Rico por más tiempo que el establecido en el permiso de entrada a territorio estadounidense concedido por la agencia federal correspondiente.