La Administración de Seguros de Salud (ASES), agencia responsable de negociar y contratar los planes de salud de los empleados del gobierno, apoyó hoy que se incluya en dichos planes, como miembros de la familia, a personas “cohabitantes” con el empleado gubernamental.

 El cambio se propone a través de enmiendas a la Ley 95 de 1963, conocida como “Ley de Beneficios de Salud para Empleados Públicos” y que son evaluadas por el Senado de Puerto Rico.

“Entendemos que el proyecto que nos ocupa va encaminado a adelantar derechos constitucionales fundamentales de nuestra población”, afirmó el director de ASES, Ricardo A. Rivera Cardona, ante la Comisión senatorial de Salud y Nutrición.

Recordó Rivera Cardona que estas enmiendas están acordes con el Boletín Administrativo que emitió el gobernador Alejandro García Padilla el pasado 21 de febrero, en el que ordena a ASES reglamentar la contratación de los planes de beneficios de salud del gobierno para que se incluya a personas cohabitantes y sus dependientes, así como a las personas que dependan sustancialmente de los empleados o de sus cohabitantes, en estas cubiertas.

“No cabe duda que esta medida es una gran expresión de respeto a los derechos humanos y al fortalecimiento de la salud pública para la gente de nuestro país”, agregó el director ejecutivo de ASES.

Recomendó Rivera Cardona que se evalúe la extensión de esta disposición a los municipios autónomos y a las corporaciones públicas, que negocian directamente sus contratos de beneficios de salud, y recordó que “la Universidad de Puerto Rico, así como el Municipio de San Juan, ya dieron pasos afirmativos para que los cohabitantes y dependientes de sus empleados y empleadas disfruten del acceso a sus planes”.

Propuso, por otra parte, que se adopte una definición de “cohabitante”, por tratarse de un término novel en nuestra judicatura.

La definición que propuso es “cohabitantes: personas solteras, adultas, con plena capacidad legal, sujetas a una convivencia sostenida y a un vínculo afectivo, que cohabitan voluntariamente, de manera estable y continua, y que no están relacionados dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad”.

La participación de estas personas dentro del plan gubernamental, se aclaró, sería con los mismos términos y con las mismas aportaciones que realizan hoy los empleados a sus respectivos planes.