La gobernadora Jenniffer González Colón firmó ayer cuatro proyectos de ley del Senado en que el presidente del Senado, Thomas Rivera Schatz figura como autor principal.

Las nuevas leyes impactan al Instituto de Ciencias Forenses, la navegación y seguridad acuática, penaliza el impedir la celebración de actividades religiosas y reconoce a víctimas de trata humanas.

La primera medida que se detalló en un comunicado de prensa emitido por La Fortaleza son enmiendas a la “Ley de Navegación y Seguridad Acuática de Puerto Rico” para atemperarse a las nuevas penas del Código Penal de Puerto Rico.

Según lee la medida, esta omisión creaba un vacío legal que dificulta la aplicación uniforme de las penas, lo que podría generar resultados inconsistentes en algunos casos; además que impide cumplir adecuadamente con el objetivo de rehabilitación y reintegración social que el Código Penal de 2012 promueve a través de un sistema de sentencias fijas.

La próxima ley esteblece que la trata humana o el tráfico de personas es el proceso por el cual una persona retiene a otra con el propósito de explotarla.

Se explicó que en mayoría de los casos no se reconocía a las personas objeto de trata como víctimas. Incluso cuando se les identifica como tales, pueden recibir un trato similar al de delincuentes y presentarse cargos en su contra.

Se explicó que, con “la firma de esta Ley, el gobierno de Puerto Rico entiende necesario establecer como una de las causas de exclusión de responsabilidad penal cuando la víctima de trata humana participó en actividades ilícitas, en la medida en que esa participación fue consecuencia de su situación de víctima”.

La tercera ley enmienda la regulación que creó el Instituto de Ciencias Forenses como una entidad autónoma. La medida lo que impulsó fue eliminar las facultades del juez instructor para realizar la investigación y autorización del levantamiento de cadáveres. Deja esta facultad solamente a los fiscales.

Por último, se enmendó el Código Penal para añadir un nuevo Artículo 179(A) para establecer que toda persona que interrumpa o impida una actividad religiosa mediante fuerza, intimidación y/o violencia incurrirá en delito menos grave. La propuesta también establece que en caso de una convicción previa por este mismo delito la persona incurrirá en delito menos grave y será sancionada con una pena de reclusión por un término fijo de un año.

La medida surge luego de que el pasado 2 de enero la exponente urbana Audri Nix interrumpiera la misa que se celebró como parte de los actos de la toma de posesión de la gobernadora.

Se expuso en la comunicación que lo que se pretende es proteger la libertad de religión no sólo a los individuos en su vida religiosa, sino también a los creyentes cuando ejercen colectivamente su religión a través de manifestaciones públicas, tanto en lugares de culto privados como en distintos foros públicos de libre expresión.

La medida explica que en los últimos años los creyentes han tenido que afrontar dificultades significativas cuando individuos han impedido el ejercicio de la libertad religiosa de manera colectiva y pública.

“En efecto ha habido interrupciones y obstáculos, a veces bajo amenazas, intimidaciones y violencias, en lugares de culto u otros lugares que son foros públicos de libre expresión, a veces con la complicidad o pasividad de las autoridades públicas”, dice la medida, en la que se reconoce el respeto al ejercicio de la libertad religiosa.