Habrá penalidades para patronos que no garanticen el derecho al voto de sus empleados
Tienen hasta dos horas con paga para ir a las urnas durante sus horas laborables, cuando no haya podido votar de forma adelantada y no se anticipó conflicto de su jornada con los horarios de votación.

Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 5 años.
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Todos los patronos –públicos y privados– tendrán que garantizar el derecho de sus empleados a ejercer su voto en las elecciones generales del próximo martes, 3 de noviembre, so pena de penalidades, informó hoy el secretario del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos, Carlos J. Rivera Santiago.
El Código Electoral de Puerto Rico de 2020 establece sanciones de hasta $5,000 para los patronos que no permitan que un empleado hábil para votar ejerza este derecho. Los colegios de votación abrirán de 9:00 de la mañana a 5:00 de la tarde.
“Le recordamos a todos los patronos que el voto representa la expresión e intención de la voluntad democrática del pueblo, es un derecho fundamental que tiene cada ciudadano”, expresó el funcionario en declaraciones escritas.
Asimismo, destacó que todo empleado público o privado que deba trabajar el día de una votación tiene derecho a un máximo de dos horas con paga para ir a votar durante sus horas laborables, cuando no haya podido votar de forma adelantada y no se haya podido anticipar el conflicto de su jornada de trabajo con los horarios de votación, según dispone el inciso 17 del Artículo 5.1 del nuevo Código Electoral.
“Corresponde a todos los patronos que operan este próximo martes, 3 de noviembre, establecer los horarios y turnos de trabajo de sus empleados, de manera que estos puedan acudir a los Centros de Votación y ejercer su derecho democrático. De existir algún conflicto no anticipado con la jornada establecida, el patrono deberá conceder hasta un máximo de dos (2) horas de licencia con paga a dicho empleado”, explicó Rivera Santiago.
El Departamento del Trabajo y Recursos Humanos emitió la Opinión del Secretario Núm. 2020-04 con relación a la apertura del sector privado el día de las elecciones generales y el derecho al voto de los empleados.