Con un proyecto más conservador a su propuesta original, el representante Héctor Ferrer Santiago radicó hoy una medida legislativa que busca legalizar el uso de 28 gramos diarios de marihuana en adultos, dentro del marco regulatorio del cannabis medicinal.

La propuesta legislativa permite el uso controlado del cannabis recreacional, de forma vaporizada o comestible, a personas mayores de 21 años. El producto, que incluye la flor, no se puede fumar y sólo se podría comprar en los dispensarios autorizados mediante la Ley 42 de 2019, conocida como Ley del Cannabis Medicinal.

“Para aquellas personas que van a decir que ahora se va a estar fumando en las playas, parques públicos o en las calles, eso es falso porque la ley prohíbe que se use en lugares públicos”, dijo Ferrer Santiago al anunciar hoy la radicación de la pieza legislativa en una conferencia de prensa en el Capitolio.

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Ferrer Santiago dijo que está abierto a enmiendas y que espera que la Legislatura le dé paso a la medida. “No he visto una oposición fuerte y creo que cuando las personas tengan la oportunidad de leer el proyecto se van a dar cuenta que es un proyecto de avanzada”, dijo para agregar que ya comenzó a dialogar con diferentes senadores y representantes.

Ferrer Santiago sugirió al presidente del Partido Popular Democrático (PPD), José Luis Dalmau Santiago, que haga una conferencia legislativa sobre este tema en la que podría llevar expertos para explicar a los legisladores de la colectividad el alcance del proyecto de ley.

“Es un paso en la dirección correcta para insertarnos en la corriente mundial, de lo que estamos viendo en diferentes países y en jurisdicciones de Estados Unidos”, sostuvo.

Igual que la Ley de Cannabis Medicinal, la medida legislativa, prohíbe expresamente el acto de fumar cannabis y establece multas y penalidades.

“La Ley de Cannabis Medicinal prohíbe fumar cannabis, así que estamos dejando esa prohibición y el uso y el consumo solamente se podrá dar en el hogar de la persona o en lugares privados con permiso del dueño”, detalló el legislador.

El proyecto establece que la persona que posea la cantidad de uso personal y que no la haya comprado en un dispensario autorizado, será multada con $500.00 y citado a la Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción (ASSMCA) para que sea evaluado por si tiene una dependencia a una sustancia controlada.

También se prohíbe el uso de cannabis en presencia de menores de 21 años en vehículos de motor y sería un agravante si una persona le provee cannabis a un menor de 21 años de edad. Se dispone también que los empaques de cannabis tienen que tener seguridad a prueba de niños ni tendrán colores llamativos ni imágenes atrayentes para los menores de edad.

La persona que compre el producto no tendría que tener licencia de cannabis medicinal, pero tiene que aparecer en un registro.

“Se le está permitiendo a aquellas personas que sean mayores de 21 años a que se presenten a aquellos dispensarios que tengan las licencias para despachar el uso de adultos controlados que acudan a ellos con su licencia o pasaporte, se registren en el sistema y puedan acceder a los mismos productos de cannabis medicinal”, explicó el autor de la propuesta legislativa.

Ferrer Santiago dijo que la mayoría de las intervenciones de la Policía son por la posesión simple de marihuana y sostuvo que ese enfoque punitivo debe cambiar. Incluso la medida, de convertirse en ley, sería de aplicación retroactiva y aquellas personas que cumplen sentencias por la posesión de una cantidad menor a 28 gramos de cannabis, serían liberadas.

La pieza legislativa permite la venta únicamente de cannabis en dispensarios autorizados con límites de dispensación diarios de 28 gramos de cannabis (flor) u 8 gramos de THC en los productos concentrados, u 800 miligramos de THC en productos comestibles, como “los famosos gummies). Dispone, además, que el producto será regulado bajos mismos estándares de producción, calidad y venta que la del cannabis medicinal

Ferrer Santiago dijo que la Junta Reglamentadora de Cannabis Medicina podría disminuir las cantidades que se podrían comprar del producto, pero nunca podrían ser mayores a las que dispone la medida.

En el ámbito laboral, la pieza de ley establece que un patrono no podrá discriminar contra el empleado, siempre y cuando el uso de cannabis no represente una amenaza real de daño o peligro para las personas o propiedad y que no interfiera con su desempeño y funciones esenciales. Además, dispone, que habrá excepciones en empleos del área de la seguridad, conductores o aquellas agencias que reciben fondos federales debido a la reglamentación existente.

A diferencia del cannabis medicinal que tiene una tasa contributiva de 1.5%, la medida impone a contribución especial de un 20% aplicable al precio de venta de todo producto de cannabis para uso controlado y los municipios podrían establecer una patente de hasta 1% del volumen de negocios atribuidos al cannabis y también se propone crear el Fondo de Impacto Social e Investigación del Cannabis, del 40 el por ciento de sus ingresos, se destinaría a la Universidad de Puerto Rico, un 20% al Sistema de Retiro del Gobierno y Maestros, un 10% a ASSMCA y un 6% a la Policía, entre otros.

La medida de 73 páginas, propone enmendar varias leyes, además de la Ley del Cannabis Medicinal, la Ley de Sustancias Controladas, el Código Municipal, Ley de Vehículos y Transito, y Ley de la Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción (ASSMCA).