Invisibilidad de la trata humana es dramatizada por la ausencia de casos
El Departamento de Justicia y el de la Familia afirmaron que no tienen registrado ni un solo caso de este tipo.

Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 12 años.
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La invisibilidad del delito de trata humana, particularmente en menores, quedó demostrada este miércoles en la Legislatura cuando tanto el Departamento de Justicia como el de la Familia afirmaron en audiencias públicas que no tienen registrado ni un solo caso de este tipo a pesar de que el Código Penal de la Isla lo incluye como delito separado y dispone de fuertes penas para quienes incurran en el mismo.
Ambas agencias, además del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos, comparecieron hoy ante la Comisión de Derechos Civiles, Participación Ciudadana y Economía Social del Senado, que evalúa un proyecto para enmendar la “Ley para la Seguridad, Bienestar y Protección de Menores” para incluir la trata humana como una de las definiciones de abuso contra menores.
La trata humana, también identificada como esclavitud moderna, es un delito de dimensiones mundiales que consiste en vender personas, incluidos menores, para ser explotados sexualmente o en trabajos forzados, entre otro tipo de explotación.
El Departamento de Justicia, representado en las audiencias por la fiscal Maricarmen Ferrer y Viviana Catalá, apoyó la medida y sugirió que se ajuste a las penalidades contenidas en el Código Penal de 2012, que establece penas de reclusión fijas de 12 años a los que resulten convictos y la aumenta a 20 años cuando el que comete el acto fuese el padre, madre, encargado o tutor de un menor.
Las representantes de Justicia declararon, a preguntas de la presidenta de la Comisión, la senadora Rossana López, que no tienen casos identificados como de trata humana con menores, por lo que favorecieron que se incluya en la mencionada ley y que además se eduque a los funcionarios de las distintas agencias sobre lo que define este delito para que puedan identificarlo.
El Departamento de la Familia, representado por la directora de su Oficina de Asuntos Legales, Olga López Báez, apoyó también la legislación, y al igual que Justicia, indicó que nunca han atendido un caso de trata humana con menores en esa agencia.
“Apoyamos sin reservas la incorporación del lenguaje de la trata humana a la definición de maltrato, maltrato institucional, explotación y abuso sexual, según se define en esta medida”, expresó López Báez al presentar una ponencia firmada por la secretaria Idalia Colón.
Sostuvo que al incorporar la trata humana en estas definiciones, los padres, madres y custodios que sean intervenidos por el estado a partir de un referido de maltrato, podrán ser responsables por cualquier conducta o comportamiento que fomente este delito.
“Como la trata humana simplemente existía a nivel de definición, era prácticamente letra muerta, toda vez que no se incorporaba a ninguna otra disposición de la ley. Por consiguiente, no se procesaba ningún asunto en un caso de maltrato bajo la misma”, expresó Colón en el escrito.
El DF reconoció la medida, de la autoría de la senadora Maritere González, como “un paso urgente en la dirección correcta”.
El Departamento del Trabajo, representado a su vez por la procuradora del trabajo, Dimarie V. Méndez Martinó, también endosó la legislación.
El representante de la agencia reconoció que en el caso de Puerto Rico, la trata humana relacionada al trabajo forzoso infantil se puede percibir en los menores que son reclutados en los puntos de drogas que existen en el país o en la prostitución.
Recordó Méndez Martinó que la legislación vigente prohíbe el empleo de menores durante el período de tiempo que se supone estén abiertas las escuelas, así como en ocupaciones peligrosas o perjudiciales a su vida, salud, educación, seguridad o bienestar.
Al igual que Justicia y Familia, el DTRH expresó a la Comisión que “no hemos podido localizar jurisprudencia o información relacionada a casos llevados por este delito en la jurisdicción de Puerto Rico”.