La jueza Laura Taylor Swain declaró nula la ley 7 del Retiro Digno firmada por el gobernador Pedro Pierluisi el pasado 9 de junio. La información fue revelada por el exgobernador Anibal Acevedo Vila a traves de su cuenta de Twitter.

Con esta anulación, Swain le da la razón a la Junta de Supervision Fiscal quien argumentaba que la ley en controversia violaba lo establecido por PROMESA. El pasado 9 de junio Pierluisi firmó el Proyecto de la Cámara 120 (PC 120), convirtiéndolo en ley, en la que alegó que se reafirmaba así su política pública de cero recortes a las pensiones en el gobierno y de proveer un retiro digno y seguro a todos los servidores públicos de Puerto Rico.

“Los pensionados públicos dedicaron años de su vida al servicio de nuestro pueblo y fueron el motor del desarrollo de nuestra sociedad moderna. Sin embargo, debido a irresponsabilidad administrativa y gerencial que se extendió por décadas, los sistemas de retiro fueron afectándose. El gobierno de Puerto Rico reformó totalmente su principal sistema de pensiones en el 2013 afectando significativamente los beneficios de nuestros pensionados. No existe justificación fiscal o legal para los recortes adicionales propuestos por la Junta de Supervisión Fiscal (JSF) dado que ya los pensionados, como acreedores del gobierno, recibieron ese ajuste”, sostuvo el gobernador en ese entonces.

Según lee la decisión de la jueza Swain, “la Ley 7 se declara nula, inaplicable, y sin efecto”, de acuerdo con las disposiciones de la Ley PROMESA federal.

La jueza favorece el reclamo de la Junta de Supervisión Fiscal (JSF) que alega que la Ley 7 es inconsistente con el Plan Fiscal y en consecuencia impide y anula el propósito de la Ley PROMESA, y que también entorpece y limita la capacidad de la JSF de negociar acuerdos con acreedores y cumplir con las disposiciones de la Ley PROMESA.

Agrega que el mismo gobernador Pierluisi al firmar la Ley 7 reconoció que la ley era “significativamente inconsistente con el Plan Fiscal 2021. Inclusive, el gobierno, a través de la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal (AAFAF), entregó a la JSF una certificación que sostiene que la Ley 7 es “significativamente inconsistente con el Plan Fiscal 2021.

En esa certificación AAFAF reconoce también que el sistema de pensiones dispuesto en la Ley 7 conflige con el Plan Fiscal y las predicciones del plan de ajuste fiscal que se confecciona como parte de los procedimientos del Título III de quiebra de Puerto Rico. AAFAF concluye que la Ley 7 “modifica miles de millones de dólares de deuda con los retirados sin la aprobación de la Junta de Supervisión” y “podría requerir la reprogramación de los recursos fiscales” para apoyar el sistema de pensiones.

La jueza expone además que son errados los argumentos de los proponentes de la Ley 7 de que la misma es una “propuesta” que no tendría impacto inmediato sobre el Plan Fiscal ni afectaría el trabajo de la JSF. Por el contrario, sostiene que la JSF pudo probar sus argumentos con respecto al impacto que tendría la Ley 7 en su labor y en la relación con el gobierno de Puerto Rico, y que además la controversia debía resolverse con premura puesto que está en proceso una votación en torno al Séptimo Plan de Ajuste Enmendado, cuya vista de confirmación está próxima a llevarse a cabo.

La jueza explica además que hay disposiciones de la Ley 7 que violan la Ley Promesa al establecer una supremacía “sobre cualquier otra ley, regulación, política, certificación y otros acuerdos”, lo que crea un potencial conflicto entre la Ley 7 y las leyes o acuerdos que puedan lograrse en relación con el Plan Fiscal y el presupuesto certificado que apruebe la JSF en cumplimiento de sus labores, según establece la Ley PROMESA.

Explica también la jueza que parte del texto de la Ley 7, en conjunto con la promesa del gobierno de cumplir con esas disposiciones, “dejan claro que la determinación del gobierno de incurrir en una conducta que entra en conflicto directo con el plan fiscal no es algo hipotético, sino una intención inmediata que va en contra de PROMESA”.

La jueza Swain concluye que, de acuerdo con disposiciones de PROMESA, “la Ley 7 en su totalidad, y toda acción que se tome siguiendo la misma, se declara nula, inaplicable y sin efecto”.