El Departamento de Justicia se opuso hoy, viernes, a un proyecto de ley que terminaría, de forma automática, el pago de pensión alimentaria una vez el menor llegue a la mayoría de edad.

“El hecho de que el menor llegue a la mayoría de edad, no implica que su necesidad de ser alimentado, recibir una buena atención médica o cubrir sus gastos universitarios no sea una prioridad para el padre o madre que paga la pensión”, dijo Justicia en su ponencia ante la Comisión cameral de Asuntos de Familia y Comunidades.

“La medida parte de una premisa equivocada, al asumir que la mayoría de edad extingue completamente la obligación de un padre o madre de proveer alimentos a sus hijos”, añade el documento.

La agencia recalcó que la medida no toma en cuenta aspectos jurídicos de suma importancia como, por ejemplo, que el Código Civil de Puerto Rico establece que el menor, una vez llega a la mayoría de edad, tiene derecho a reclamar ayuda económica de su padre o madre para atender sus necesidades básicas.

“En el caso del alimentante deudor, de aplicarse la presente medida según ha sido redactada, sería necesario que el alimentista entable un pleito ordinario para cobrar una deuda que se originó cuando era menor de edad”, indicó Justicia sobre la medida presentada por el representante Carlos J. Méndez Nuñez.

El proyecto busca, según su proponente, que el alimentante no tenga que pasar por el largo proceso de presentar una solicitud ante el tribunal para que dicha obligación cese.