Listas las nuevas guías para calcular pensiones alimentarias
Permaneció el modelo de proporción de ingresos en el que se utiliza la entrada neta del padre y de la madre para determinar la cantidad de la pensión.

Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 11 años.
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El nuevo reglamento de las guías mandatorias para computar las pensiones alimentarias fue presentado este jueves ante el Departamento de Estado por la administradora de la Administración para el Sustento de Menores (Asume), Rosabelle Padín Batista, y la directora administrativa de la Oficina de Administración de los Tribunales (OAT), Isabel Llompart Zeno.
Los cambios entrarán en vigor en unos 30 días, se detalló en comunicado de prensa.
La presentación se da luego de meses de retraso en la emisión de un borrador y la presentación final de las guías en las que se establece cómo calcular el monto de la pensión alimentaria que las personas no custodias deben proveer como sustento para sus hijos menores de edad.
Aunque se han introducido algunos cambios, Padín Batista precisó que la pensión alimentaria mínima permanece en $125 mensuales.
Lo que se aclara, según dijo, es “la norma del reglamento anterior que era interpretada y aplicada en ocasiones como pensión mínima por menor o por caso sin importar la cantidad de menores”.
El nuevo reglamento establece ahora que la pensión mínima es de $125 y dependiendo de la cantidad de niño, irá aumentando paulatinamente.
También permaneció el modelo de proporción de ingresos en el que se utiliza la entrada neta del padre y de la madre para determinar la cantidad de la pensión. “Este modelo fue ampliamente aceptado y considerado justo por los participantes del proceso”, dijo.
Entretanto, comentó que los principales cambios en el reglamento son la inclusión de criterios a considerar para determinar la pensión. Como por ejemplo, se mencionó que se evaluará el tiempo en que el padre o la madre deban permanecer al cuidado de un menor con necesidades especiales, al igual que la empleabilidad de los padres y madres menores de edad.
Además, las nuevas guías establecen criterios para determinar la cantidad de las deducciones aceptadas por concepto de plan de retiro voluntario, asociación y unión voluntaria o pólizas de vida, entre otras.
También incorpora y define el concepto de gastos suplementarios extraordinarios y la forma en la que estos serán considerados al momento de calcular la pensión alimentaria, así como incluye a los dependientes de la persona no custodia en el proceso de prorrateo que adopta el reglamento.
“El reglamento que presentamos es el fruto del esfuerzo realizado por un grupo de trabajo que incluyó a la OAT, a los miembros del Comité Permanente, y a la ciudadanía que aceptó participar. Después de la evaluación de los comentarios y sugerencias recibidos de las personas y grupos que participaron, presentamos un reglamento que toma en consideración el mejor bienestar del menor, sin olvidar los otros componentes esenciales al momento de establecer la pensión alimentaria”, destacó la administradora de Asume.
Añadió que “estamos convencidos de que este reglamento, por estar atemperado a la realidad económica actual en Puerto Rico, por reconocer diversos escenarios de empleo y por variar según el nivel de ingresos de las partes permitirá que su aplicación resulte en pensiones justas”.
Se adelantó que tras la presentación de este nuevo reglamento, tanto la ASUME como la Rama Judicial iniciarán un proceso de adiestramientos a su personal y a la comunidad jurídica en general para facilitar su aplicación.
Material de apoyo
Tabla de pensiones mínimas según la cantidad de menores alimentistas
1 = $125
2 =$146
3 = $159
4 = $174
5 = $191
6 = $209
7 = $228
8 = $250
9 = $273
10 = $299