Mayoría de los niños de educación especial reciben servicios, según DE
El ex juez del Tribunal Supremo, Francisco Rebollo, acusó a la agencia de ser negligente con dicha población.

Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 11 años.
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La renuncia del ex juez del Tribunal Supremo, Francisco Rebollo, al cargo de comisionado especial en el pleito de los estudiantes de educación especial no afecta la atención que el Departamento de Educación ofrece esta población.
Así lo aseguró hoy el secretario de esa entidad, Rafael Román, quien dijo que la mayoría de los niños reciben los servicios que necesitan.
"Ciertamente, el Departamento de Educación (DE) tiene registrados 132,000 estudiantes y de ellos, no podemos decir que la mayoría de esos niños no están servidos. Una cosa es el caso y otra los servicios. La mayoría de los niños se gradúan y reciben servicios educativos. Que el estado ha incumplido históricamente con la agilidad que requiere es una realidad y por eso está el caso. Ciertamente vamos a seguir cumpliendo con nuestros niños de educación especial", aseveró Román.
Rebollo renunció la semana pasada a sus funciones como comisionado especial por diferencias con la jueza asignada al caso, Aileen Navas Auger. En su moción de renuncia, Rebollo López estipula que su dimisión se basa en los cambios que estableció Navas Auger al informe que sometió ante el tribunal el pasado 18 de noviembre de 2013, tras su evaluación del pleito de Rosa Lydia Vélez contra el Departamento de Educación.
En el informe, Rebollo López estableció que esta agencia debe asumir su responsabilidad por la negligencia que ha cometido con esta población. Además, determinó que los estudiantes de educación especial debe ser indemnizados.
No obstante, en su moción de renuncia el exjuez plantea que el pasado 31 de enero, Navas Auger cambió la conclusión de su informe en dos aspectos trascendentales.
El primero fue para establecer que “la parte demandante tiene el peso de la prueba de establecer la casualidad entre la negligencia y los alegatos de daños. Por tanto, los demandantes... deberán establecer la causalidad y los daños”.
El segundo cambio fue para establecer que el pleito no es uno de clase, si no constituye una “ley de caso”. Eso representaría que solo los estudiantes que se hayan unido a la demanda serían considerados en caso de indemnización.
"En términos del DE no tiene repercusión desde el punto de vista legal que no sea seguir atendiendo el caso. Nuestra política pública ha sido principalmente atender lo que tiene que ver con las estipulaciones del caso. Lo que va a resolver el problema de educación especial a corto y largo plazo es que le demos más tiempo y esfuerzo a atender la estipulaciones del caso, que son las que tiene que ver con los servicios", expresó Román, tras una conferencia de prensa sobre mejoras al Albergue de Protección de Víctimas y Testigos.
La decisión de la jueza ha sido rechazada por diversos grupos a favor de los estudiantes de educación especial y un abogado de la clase, José Torres Valentín, ha anunciado que radicarán una moción de reconsideración ante la jueza por entender que la determinación impedirá que muchos demandantes puedan obtener el reclamo que le corresponde por lo difícil que representaría conseguir evidencia para probar los daños de forma individual.
Para Román, así como para el designado secretario de Justicia César Miranda, desde el 2005 se había establecido que para la cuantía de daños no hay una clase determinada legalmente, y que lo que corresponde es una evaluación caso a caso.
"La parte de los daños no resuelve ningún problema de educación especial. La parte de los daños tiene que ver con la indemnización", aseveró Román. "Esto ya estaba resuelto desde el 2005. El tribunal de apelaciones ya había determinado lo que era la clase... la determinación de la jueza es que la clase ya está determinada y la otra parte debe mostrar los daños específicos de cada uno de los perjudicados", indicó el secretario del DE.
"He notado confusión de la forma que se plantea esto en la prensa. La jueza no ha resuelto nada nuevo, está resuelto desde 2005 que no son una clase para fines de la fase de daños", sostuvo por su parte Miranda.