La Cámara de Representantes aprobó ayer un proyecto de ley que enmienda el Código Penal para disponer una multa no menor de $1,000, ni mayor de $1,500 a quien sea encausado por delito de alteración a la paz en instalaciones públicas.

La medida, de la autoría de la presidenta de la Cámara de Representantes, Jenniffer González Colón, recibió 45 votos a favor y uno en contra.

El Proyecto de la Cámara 2687 establece que si la persona no cuenta con los medios económicos para pagar la multa, se le impondrá una pena de servicios comunitarios no menor de 20 días, ni mayor de 30.

“Este tipo de conducta dentro de las agencias públicas altera las labores y entorpece su funcionamiento causando dilaciones innecesarias en sus actividades cotidianas.Todo esto causa que los ciudadanos que acuden a estas facilidades no reciban la mejor calidad de servicios y ocasiona pérdidas de tiempo y recursos”, dijo González Colón.

También  se le dio el voto afirmativo al Proyecto de la Cámara 2645, que declara área de Reserva Natural el sistema de cuevas y cavernas “Las Cabachuelas” ubicado entre los municipios de Morovis y Ciales.

Por otro lado se reconsideró el Proyecto del Senado 1804 a los fines de prohibir que las personas sujetas al Registro de Personas Convictas por Delitos Sexuales Violentos y Abuso Contra Menores, establezcan su residencia a 500 pies o menos de cualquier escuela elemental, intermedia o superior y de cualquier institución o establecimiento de cuido de niños.

Asimismo, se dio paso a la Resolución Conjunta de la Cámara 1115, que reasigna $7.1 millones a la Compañía de Parques Nacionales para realizar obras y mejoras permanentes en los parques bajo su administración y para la adquisición de vehículos livianos o pesados necesarios para el funcionamiento de la agencia.

A su vez, se le dio el voto afirmativo al Proyecto de la Cámara 3116, para adicionar entre las funciones de la Autoridad de Desperdicios Sólidos, la creación de un Registro Único de Centros de Acopio e Instalaciones de Reciclaje.

La medida, que recibió 46 votos, también establece que ningún centro de acopio o instalación para el manejo de desperdicios sólidos, podrá vender o exportar materiales reciclables o reciclados a través de los muelles de Puerto Rico, sin el permiso que otorgará la Junta de Calidad Ambiental y estar activo en el registro.