Padre de hermanas fallecidas en Añasco habla tras aprobarse una medida para encarcelar a conductores ebrios
El PC 321 busca asegurar que quien cause la muerte o grave daño corporal a otra persona guiando borracho vaya a prisión.

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Josean García sabe que nada va a poder devolverle a sus hijas Esther Raquel García Vázquez y Eunice Raquel García Vázquez, ambas víctimas fatales en un choque que se presume fue provocado por un conductor ebrio. Sabe, además, que el abrumador dolor que siente le seguirá acompañando.
Pero la aprobación este jueves en la Cámara de Representantes del Proyecto de la Cámara 321, que busca asegurar que quien cause la muerte o grave daño corporal a otra persona guiando borracho tenga que cumplir condena dentro de una cárcel, le ofrece al menos “la tranquilidad de que en algún momento va a hacer efecto y más adelante va a haber personas que no van a morir en vida, porque pierden un hijo por causa de personas que, por tomar una decisión errada, se ponen a guiar estando borrachos”.
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“Porque eso va a calar profundo. A la vez que vean el primero preso, ahora la Nevárez presa, el próximo preso, el próximo preso, eso va a ir haciendo efecto en las mentes de los puertorriqueños y ellos mismos van a entender que hay que conducir con precaución en la carretera para evitar estar en una cárcel”, afirmó.

García se refería en particular al caso de Mayra Enid Nevárez Torres, quien, tras un extenso y polémico proceso judicial, fue hallada culpable de causar la muerte a Justin Santos Delanda y grave daño corporal a Keven Monserrate Gandía, en un aparatoso accidente ocurrido el 21 de noviembre de 2021, mientras conducía en contra del tránsito por el puente Teodoro Moscoso, en estado de embriaguez.

Nevárez Torres había sido sentenciada en enero pasado a 15 años de restricción domiciliaria, pero este pasado miércoles el Tribunal de Apelaciones revocó esa determinación y ordenó que cumpla los 15 años de sentencia en prisión.
El caso de Santos Delanda, hermano del artista Arcángel, al igual que el del de las hermanas García Vázquez, una de la cuales llevaba además una criatura por nacer en su vientre, fueron apenas dos de los que motivaron la radicación de este proyecto, pues como dio a conocer el representante Fernando Sanabria Colón, autor de la medida, son miles las familias que han perdido un ser querido en los últimos años a consecuencia de actos provocados por conductores ebrios.
Confiados en lograr un cambio
“El Proyecto 321… es un acto de justicia, un homenaje a quienes ya no están, y sobre todo una promesa a quienes aún están aquí, viviendo con ese vacío, y exigiendo que algo cambie”, sostuvo Sanabria Colón, quien leyó los nombres de decenas de víctimas de las acciones de conductores ebrios.
Tal como anticipaba García, quien estaba en las gradas mientras se presentaba la medida, la Cámara aprobó el proyecto. Ahora espera que lo mismo ocurra cuando se lleve ante la consideración del Senado, y que la gobernadora Jenniffer González Colón lo convierta en ley una vez llegue a su escritorio, “estableciendo que conducir bajo estado de embriaguez y causar la muerte o grave daño corporal a la persona, va a estar preso, ya, sin mediar nada”.
García, indicó que podía hablar de cierto “alivio, o satisfacción”, con la aprobación del proyecto de ley, “porque estoy seguro que, más adelante hay personas que no soportarían esto, porque no tienen la fuente que yo tengo, y la fortaleza”.
Se reiteró confiado en que fortalecer la pena contra quienes causen la muerte o grave daño corporal a otras personas guiando borrachos “va a causar un efecto. No va a ser el mes que viene. Esto va a ser progresivamente”.
El PC 321, o “Ley para hacer Justicia a las Víctimas de Conductores bajo estado de Embriaguez y otras Sustancias Controladas”, fue aprobada en la Cámara de manera unánime con 51 votos a favor.
La medida enmienda la Ley 259 del 3 de abril de 1946, conocida como Ley de Sentencia Suspendida y Libertad a Prueba, “a los fines de imponer la sentencia de reclusión en todo caso de delito grave y todo caso de delito menos grave que surja de los mismos hechos o de la misma transacción en la que una persona sea convicta como consecuencia de la violación a lo dispuesto en los Artículos 7.01, 7.02 o 7.03 de la Ley 22 de 2000, conocida como Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico, y que cause grave daño corporal o la muerte a otro ser humano, sujeta a las disposiciones establecidas en el Artículo 7.06 de dicha ley”.
El representante José “Che” Pérez Cordero, presidente de la Comisión de lo Jurídico, explicó que, de aprobarse también la medida en el Senado, y recibir la firma de la gobernadora y entre en vigor, como se espera que ocurra, toda vez que lo que enmienda incide en el beneficio de sentencia suspendida, que es un asunto procesal y no de derechos, toda aquella persona “que sea declarada culpable bajo la Ley 22, en el caso de grave daño corporal o muerte, no puede gozar del beneficio de la sentencia suspendida”.
“Pero quedamos claros que ese es el mismo estado de derecho vigente, lo único que estamos es integrándolo para mantener claridad y no dejar los espacios de otra interpretación”, indicó.
“El estado de derecho no cambia, lo que estamos es reafirmando el estado de derecho, unificando estas dos leyes a los fines de no permitir que haya espacio para una mala interpretación y volver a repetir el suceso que teníamos (de sentencias a cumplirse fuera de prisión)”.
“Y lo estamos haciendo sin transgredir ningún otro derecho constitucional que pueda afectar a una persona imputada de delito bajo estos efectos. Por eso es que hacemos las enmiendas correspondientes, porque no queremos bajo ningún concepto violentar el debido proceso de ley y las presunciones de inocencia”, agregó.