La multa impuesta a la Compañía de Turismo de hasta $20,000 por alegatos de incumplimiento con los protocolos de hostigamiento sexual y violencia doméstica por un caso de su exdirector José Izquierdo Rodríguez no proceden en derecho por “errores procesales significativos”, concluyó la Oficina de la Procuradora de las Mujeres.

Al tiempo, ordenó revisar su Plan de Acción Correctiva para implantar mejoras a las Políticas y Protocolos de Hostigamiento Sexual en el Empleo, así como de Violencia Doméstica, informó en comunicación escrita.

El pasado 26 de junio, la misma Oficina concluyó que hubo hostigamiento sexual contra tres empleadas y refirió a la Oficina de Ética Gubernamental y la Departamento de Justicia a Izquierdo; al principal asesor del gobernador, Alfonso Orona; al representante del gobernador en la Junta de Supervisión Fiscal, Christian Sobrino; y al director de Recursos Humanos de Turismo, Giovanni Narváez, pues se alegó que tenían conocimiento de lo sucedido.

Este escándalo culminó con la remoción de Izquierdo de su cargo el pasado 8 de enero.

Hoy, Turismo -mediante la Moción en Cumplimiento de Orden- alegó que no debía imponérsele las multas, toda vez que estaban en cumplimiento con la Ley.

De igual forma, alegó no tener copia del Informe de Investigación emitido el 26 de junio por la Procuraduría de las Mujeres, por lo que se le estaba violando el debido proceso de ley.

Y es que la Oficina de la Procuradora de las Mujeres no le remitió el Informe de Investigación con la Orden para Mostrar Causa suscrita el 26 de junio a Turismo, aunque lo hizo posterior a que los hallazgos se hicieran públicos en conferencia de prensa.

Cuando se le refirió el informe a Turismo, explica la Procuraduría de las Mujeres, esta tuvo la oportunidad de presentar evidencia que sustentara su posición sobre los hechos alegados.

Según explicaron, del Informe de Investigación que llevó a cabo la Procuraduría surge que Turismo no recibió querellas relacionadas a la conducta de hostigamiento sexual en el año 2017, y tampoco hasta el 19 de enero de 2018, razón por la cual no activó el Protocolo de Hostigamiento Sexual. 

De igual forma, informaron que del expediente del caso surge evidencia sometida por Turismo la cual evidencia el cumplimiento con la política pública en contra del hostigamiento sexual y la implementación de un procedimiento para atender cualquier queja o situación de hostigamiento sexual en el empleo dentro de la agencia.

La última versión de dicha política pública fue revisada y se encuentra vigente.

También, Turismo tiene un Reglamento sobre el proceso investigativo y adjudicativo en los casos de querella de hostigamiento sexual.

“Posterior a las denuncias de los alegados actos de hostigamiento sexual en los medios noticiosos en enero de 2018, Turismo verificó con todo su personal de recursos humanos si alguien tenía conocimiento de alguna situación sobre posible hostigamiento sexual relacionado al anterior Director Ejecutivo, José Izquierdo, y confirmó que no tenía conocimiento ni se había recibido información, querella o queja alguna sobre dicho particular”, establece la resolución emitida por la licenciada María Almodóvar Laborde, oficial examinadora de la Procuradora de las Mujeres.

Sin embargo, según El Nuevo Día, el director de Recursos Humanos de Turismo había admitido en entrevista con la investigadora de la Oficina de la Procuradora de las Mujeres que tenía conocimiento que “alguien se había ido a quejar” a La Fortaleza sobre el comportamiento de Izquierdo.

Estas alegaciones, además, llegaron a Procuraduría al ser citadas las víctimas, las cuales no expresaron interés en iniciar un proceso contra Izquierdo, quien tampoco fue citado por la oficina que defiende a las mujeres como parte del proceso investigativo ni tuvo oportunidad de contestar alegaciones, aunque sí fueron citados ejecutivos de Departamento de Desarrollo Económico y el principal asesor financiero del Gobierno de Puerto Rico.

A estos nunca se les tomó juramento, indica la Procuraduría.

Asimismo, el protocolo de Turismo requiere la formalización de una querella ya sea verbal o escrita. Esto nunca ocurrió por lo que no existió el incumplimiento. No obstante, la Procuraduría le ordena a Turismo que enmiende ese protocolo de manera prospectiva en un término no mayor de 60 días, por considerar que ese requisito puede ser más flexible.

Surge de la evidencia presentada por Turismo que, al asumir la posición de directora ejecutiva interina, Carla Campos, posterior a la renuncia de Izquierdo, tomó medidas adicionales en cumplimiento con la Ley Núm. 17 de1988.

Entre éstas, instruyó al Director de Recursos Humanos a llevar a cabo una serie de medidas para asegurarse que se estaba dando fiel cumplimiento a la política contra el hostigamiento sexual, incluyendo la revisión de los protocolos para este tipo de casos; coordinación talleres por la OPM sobre el tema, el cual se llevó a cabo el 15 de marzo de 2018; notificó a todos los empleados recordándoles la política de hostigamiento sexual de Turismo; envió una comunicación a la Procuradora Interina de las Mujeres el 11 de enero de 2018 para solicitar asistencia técnica en la revisión de la política contra el hostigamiento sexual y talleres sobre el tema para los empleados de Turismo; solicitó asesoramiento de un proveedor externo de Turismo de servicios legales para evaluar la política contra el Hostigamiento Sexual y recomendaciones sobre su efectividad y actualización; y presentó el Plan de Acción Afirmativa 2018-2021.

“La Oficina de la Procuradora de las Mujeres tiene el más alto interés de cumplir con su misión. Y en este caso, particularmente con el artículo 10 de la Ley Núm. 17, supra., que dispone que todo patrono tiene el deber de mantener el centro de trabajo libre de hostigamiento sexual e intimidación y deberá exponer claramente su política contra hostigamiento sexual ante sus supervisores y empleados y garantizará que puedan trabajar con seguridad y dignidad. Cumpliendo así, con la obligación que se le impone al patrono de prevenir, desalentar y evitar el hostigamiento sexual en el empleo, y tomando las medidas necesarias o convenientes para este propósito”, expresó la Lersy Boria.

“En este caso los procesos, llevados a cabo antes de mi llegada a la agencia, no solo no fueron llevados a cabo con rigurosidad procesal, sino que, de haberlo hecho, se hubiera podido probar que los protocolos fueron llevados a cabo por lo que la imposición de multas se hacía innecesaria. La Oficina de la Procuradora de las Mujeres ha demostrado echar adelante investigaciones contra quien sea, pero estas se deben llevar a cabo de manera correcta. Los procesos llevados de manera incorrecta se prestan para sanciones legales contra la Oficina de la Procuradora de las Mujeres que a la larga las pagan los contribuyentes, injustamente", sostuvo la procuradora.

La funcionaria reiteró su llamado a que cualquier mujer que sufra de alguna manifestación de violencia, hostigamiento o discriminación puede comunicarse confidencialmente a la línea de orientación 24/7 de la OPM al 787-722-2977.