La representante Lisie Burgos Muñiz radicó hoy, lunes, el Proyecto de la Cámara 1084 para crear la Ley del Latido Cardiaco del no Nacido en Puerto Rico, que buscará prohibir el aborto una vez se detecte el latido cardiaco del feto.

“En Puerto Rico existen seres humanos a los cuales todavía no se le reconoce el derecho a la vida. Sorprendentemente, los no nacidos se encuentran en el mayor estado de vulnerabilidad mientras se desarrollan en los vientres maternales. Este lugar, que debe ser una cuna de vida, lo ha convertido en el más cruel patíbulo sacrificial. Con mi proyecto, repudio el asesinato de bebés indefensos y reafirmo mi compromiso con la dignidad de todo ser humano”, comentó la representante del Proyecto Dignidad.

Burgos Muñiz citó la American Pregnancy Association, el cual indica que, una vez se detecta el latido cardiaco fetal, las probabilidades de que el embarazo sea exitoso van de un 70% a un 90%.

“Es contradictorio que en pleno siglo XXI, aunque se acepta la ausencia del latido cardiaco como indicador de muerte, no se acepte el latido cardiaco de un no nacido como indicador de vida. Si bien creemos y defendemos la vida desde la concepción, nos vemos limitados por los precedentes del Tribunal Supremo de los Estados Unidos, en casos como “Roe v. Wade y Planned Parenthood v. Casey”. Estamos esperanzados de que la nueva composición conservadora de dicho Foro Judicial revoque los mencionados casos en un futuro cercano. De esta manera tendremos el camino libre para proponer la abolición total del aborto. Esa es nuestra meta”, recalcó.

De aprobarse, Burgos Muñiz adelantó que “todo médico se verá obligado a realizar un examen para detectar el latido cardiaco del no nacido antes de realizar un aborto”.

“Si de dicho examen surge que existe ese latido cardiaco, el médico se verá impedido de realizar el procedimiento de aborto”, explicó.

El Proyecto establece que, de realizarse un aborto en contravención con sus disposiciones, el galeno será responsable por daños estatutarios de un mínimo de $25,000.

“De entender que los daños son superiores, el Tribunal estará facultado a incrementar dicha cuantía. También, se le impone responsabilidad a los hospitales, centros o clínicas que permitan o se beneficien económicamente de un aborto en contravención a lo establecido en el referido Proyecto”, dijo.