Una legislación que eliminaría 10 causales de divorcio, reconocidas en la actualidad por el Código Civil de Puerto Rico de 1930, fue presentada por los representantes populares Carlos J. Vargas Ferrer y Jose Báez.

De este modo, el proyecto de la Cámara 1964 enmendaría el Artículo 97 del Código Civil para que se reconozcan como posibles causales de divorcio solo la ruptura irreparable y el mutuo consentimiento, según se informó en un comunicado de prensa.

"El Código Civil vigente que data de 1930, tiene que ir atemperándose a nuestra realidad social, más aún en todo lo relacionado al derecho de familia. Particularmente me parece arcaico que en nuestro código aún existan como causales para el divorcio la impotencia absoluta, la propuesta del marido para prostituir a su esposa, la locura incurable por más de siete años, entre otras causales culposas que están en total desuso", abundó Vargas Ferrer mediante declaraciones escritas.

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El legislador expuso que, a su juicio, las razones por las que una pareja determina divorciarse no deben ser divulgadas ni litigadas en los tribunales. “Las parejas deben proteger la intimidad de esa decisión y muchas de las causales culposas generan pleitos largos, tristes y dolorosos porque en nuestro esquema legal todavía se permite, y hasta en cierto grado, se promueven los pleitos contenciosos de divorcio. Lo que para mí no debemos permitir".

De acuerdo con el comunicado, en Puerto Rico existen 12 causales de divorcio, la mayoría de las cuales, según el Anuario Estadístico de la Rama Judicial 2011-2012, no se utilizan para radicar casos de divorcio. Estas estadísticas demuestran que las causales de divorcios que más se radicaron durante ese periodo fueron la de consentimiento mutuo con el 50%. Mientras, ruptura irreparable le sigue con el 22.8%, separación con el 17.5% y trato cruel con el 8.6%. Otras causales, como adulterio y abandono, se radican apenas, y representan el 1.2% de los 17,020 casos de divorcios que se radicaron ese año.

La estadística presentada además señala que, de 2011 a 2012, se radicaron solo cinco casos de divorcios por las causales de embriaguez habitual, impotencia, propuesta del marido para prostituir a su esposa y uso continuo de narcóticos. De esos, solo en uno se dictó sentencia, y los demás fueron archivados.

Por su parte, el representante José Báez enfatizó que mediante dicha medida se pretende contribuir a la descongestión de casos de divorcios en los tribunales. 

"En la medida que existan causas de divorcios que promuevan el litigio entre las parejas decididas a divorciarse, los casos se tardan más en resolverse, y a mi juicio, eso es insostenible. El estatus civil de una persona tiene que resolverse de forma inmediata", indicó Báez.

"Mientras menos causales existan, más rápido es el trámite entre los tribunales", aseguró.

El dúo de legisladores subrayó que con esta medida promueven que los casos de divorcios se tramiten mejor por mutuo acuerdo porque de esa forma, las parejas además de resolver su estatus civil, también resuelven asuntos como la distribución de los bienes, manutención de hijos, relaciones paterno filiales, custodia y patria potestad, entre otros asuntos, que solamente pueden resolverse si se divorcian por acuerdo mutuo.