La funcionaria a la que supuestamente la exsecretaria de la Vivienda, Ciary Pérez Peña, llamó para solicitar la remoción de la persona que investigaba su negocio familiar de venta de marbetes renunció al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), informó este jueves el secretario de la agencia, Edwin González Montalvo.

Se trata de la directora de la Directoria de Servicio al Conductor (DISCO), Mary Fuster Romero. Este renunció con carácter inmediato.

El Nuevo Día reveló que la renuncia se da en medio de un referido al Departamento de Justicia en su contra. El dato no fue provisto en el comunicado de prensa que emitió el DTOP para revelar la dimisión.

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González Montalvo se limitó a informar que “más adelante se estará anunciando la designación de la persona que asumirá de manera interina la dirección de DISCO, con el propósito de garantizar la continuidad de los servicios a la ciudadanía”.

El alegato en contra de la funcionaria es que recibió una petición de Pérez Peña para remover de su cargo al exdirector de Investigaciones e Inspección del Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), Arturo Deliz Vélez. Este fue quien reveló irregularidades en los centros de inspección, incluyendo el Yabucoa Auto Service, que hasta diciembre de 2025 era propiedad de la exsecretaria.

Específicamente, su investigación detectó que sobre unos 68 centros de inspección supuestamente cobraron a ciudadanos sus marbetes, sin presuntamente remitir los fondos al Departamento de Hacienda, la Administración de Compensación por Accidentes de Automóviles o aseguradoras, dejando a conductores sin cobertura.

En medio de la controversia, Pérez Peña tuvo que renunciar a su cargo. En la actualidad, es investigada por dos fiscales especiales independientes FEI), quienes evalúan la posible radicación de cargos criminales.

Entre los posibles delitos cometidos, el Panel del FEI mencionó en un comunicado de prensa la violación al Artículo 261 del Código Penal de Puerto Rico, que contempla el delito de influencia indebida, así como el Artículo 4.2 (b) (e) (g) y (s) de la Ley Num. 1-2012, conocida como, Ley Orgánica de la Oficina de Ética Gubernamental de Puerto Rico. Estos artículos prohíben el uso de propiedad pública para beneficios personales o políticos, la aceptación de regalos, el conflicto de intereses y el uso de influencia, garantizando la integridad.