Salud suspende norma para permitir la importación de agua embotellada y el hielo
Solo será por 60 días.

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Ante la crisis de agua potable que vive la Isla en medio de la sequía y los problemas que enfrenta la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (AAA), el Departamento de Salud permitirá la importación de agua embotellada, así como de hielo.
La autorización inició hoy, viernes, luego de que el secretario de Salud (DS), Víctor Ramos Otero, aprobara el pasado lunes la Orden Administrativa Núm. 2026-646, que establece una exención temporera para facilitar la importación y distribución de agua embotellada y hielo destinados al consumo humano.
“La prioridad del Departamento de Salud es proteger la salud de nuestra población y, al mismo tiempo, contribuir a que Puerto Rico tenga acceso suficiente a agua potable durante esta emergencia. Esta orden nos permite agilizar la disponibilidad de estos productos, pero deja claramente establecido que la seguridad sanitaria no es negociable”, afirmó el titular en comunicado de prensa.
Destacó que esta iniciativa está alineada con las ejecutorias y la política pública de la gobernadora Jenniffer González Colón dirigidas a proteger la salud pública, fortalecer la seguridad del pueblo y garantizar que el gobierno responda con agilidad ante situaciones que puedan afectar el bienestar de la ciudadanía.
“Esta es una respuesta responsable y preventiva. Bajo el liderato de la gobernadora Jenniffer González Colón, estamos tomando las medidas necesarias para anticiparnos a los posibles efectos de esta emergencia y proteger a nuestra población. Garantizar el acceso a agua segura es un asunto de salud pública y de seguridad para nuestro pueblo”, sostuvo Ramos Otero.
Exención por 60 días
La autorización tendrá una duración inicial de sesenta (60) días, salvo que sea extendida o revocada por el Departamento de Salud. La solicitud de la exención deberá ser presentada al secretario de Salud.
La medida permite la importación y distribución en Puerto Rico de agua embotellada y hielo para consumo humano, siempre que los productos cumplan con las disposiciones sanitarias aplicables.
Entre los requisitos establecidos se encuentran:
- El agua importada deberá cumplir con las exigencias sanitarias federales aplicables y con las normas locales correspondientes a la jurisdicción donde sea procesada y embotellada.
- Los importadores deberán mantener disponible para inspección del Departamento de Salud la evidencia sobre el origen y cumplimiento sanitario de los productos.El hielo deberá provenir de una fuente de agua aprobada para consumo humano y cumplir con los estándares sanitarios aplicables.
- El agua y el hielo deberán ser transportados, almacenados y distribuidos bajo condiciones que garanticen su calidad e inocuidad.
“El mensaje es claro: estamos facilitando el acceso, no eliminando los controles. Todo producto que llegue a Puerto Rico para consumo humano tiene que cumplir con los requisitos sanitarios establecidos. El Departamento mantendrá sus facultades de inspección y podrá retirar o detener cualquier producto que represente un riesgo para la salud pública”, enfatizó Ramos Otero.
Asimismo, el secretario de Salud explicó que la medida se autorizó para ayudar a la ciudadanía en este proceso de emergencia.
“En una emergencia, tenemos que actuar con rapidez, pero también con responsabilidad. Nuestra obligación es procurar que haya abasto suficiente y, a la misma vez, proteger a la población de productos que puedan representar un riesgo sanitario. La salud y la seguridad de nuestra gente son el norte de cada decisión que estamos tomando”, concluyó el secretario de la agencia.


