El Municipio de Trujillo Alto acudió al Tribunal de Primera Instancia de San Juan en busca de auxilio para que se le permita enviar un boletín dirigido a las entidades sin fines de lucro y los líderes comunitarios y religiosos del pueblo sobre las actividades organizadas por la Oficina Municipal para las Iniciativas Comunitarias y Base de Fe.

El municipio; liderado por el alcalde José Luis Cruz, afiliado al Partido Popular Democrático (PPD); presentó el recurso, conocido como un escrito de revisión judicial, el pasado 10 de agosto, a las 4:41 de la tarde, un día después que la Junta de Anuncios de la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) le notifició que la solicitud para publicar y distribuir el boletín mensual no había sido aprobada.

 La Junta de Anuncios de la CEE es el ente encargado de evaluar que los anuncios del Gobierno, los municipios y demás dependencias públicas cumplan con las disposiciones que aplican en año electoral.

"Muy respetuosamente le solicitamos a este Honorable Tribunal que revise las determinaciones de la Junta Examinadora de Anuncios de la CEE en su informe, ya que entendemos que fue errónea", indica el documento de seis páginas, firmado por la abogada Giselle Martínez Velázquez.

El Código Electoral de Puerto Rico para el Siglo XXI prohibe en año electoral incurrir en gastos para la compra de tiempo y espacio en los medios de comunicación, así como la distribución de propaganda para exponer programas, proyectos, logros, realizaciones, proyecciones o planes.

No obstante, según el recurso legal, la ley establece que la prohibición no aplica "a aquellos anuncios que sean utilizados para difundir información de interés público, urgencia o emergencia, los cuales sólo serán permitidos previa autorización al efecto de la Comisión".

De igual forma, el documento indica que el Relamento de la CEE para el Control de Gastos de Difusión Pública del Gobierno para las elecciones generales de este año, define el término "información de interés público" como "toda divulgación que afecte en forma significativa los derechos, las obligaciones o el bienestar de la ciudadanía en general, en el ámbito de responsabilidad de la ciudadanía en general, en el ámbito de responsabilidad de cada agencia del Gobierno, según sus deberes y funciones y que por ser vital e indispensable se requiere que la ciudadanía advenga en conocimiento de la información propuesta o que resulte imprescindible para lograr los fines de la agencia".

 El recurso establece que "en el informe en controversia, la Junta de Anuncios de la CEE rechazó de plano la solicitud sometida por el compareciente Municipio de Trujillo Alto. En su determinación, la Junta no hizo constar la razón en la cual amparó su decisión. Dicha actuación, resulta arbitraria y caprichosa, además de no estar fundamentada. No es la primera vez en que la Junta de Anuncios de la CEE toma decisiones arbitrarias e inconsistentes"

El municipio alega que es razonable utilizar fondos para informar a las entidades sin fines de lucro y los líderes comunitarios y religiosos sobre las actividades que realizará la Oficina Municipal para las Iniciativas Comunitarias y de Base de Fe, que "son del más alto interés público".

 Esa entidad realiza esfuerzos para ayudar a las diferentes organizaciones a delinear sus estrategias y fomentar el desarrollo de programas de servicio social a través de la educación pública, divulgación y orientaciones sobre recursos y ayudas disponible.

"Además, cabe resaltar que del boletín informativo en controversia no surgen colores que puedan asociarse con ningún partido político, ni mensajes que puedan influenciar de alguna manera al lector. Ni siquiera se divulga en los mismos el nombre del alcalde. La no aprobación del boletín informativo no es razonable, puesto a que la determinación de la Junta no fue fundamentaba y el propósito del boletín es informar a las organizaciones y a los ciudadanos de las actividades a ser realizadas en el Municipio de Trujillo Alto para beneficio social", agrega el documento.