El senador independiente, José Vargas Vidot radicó hoy, miércoles, el Proyecto del Senado 1270, que daría paso a la creación de la “Ley para impedir el control de las aseguradoras sobre el sistema de salud en Puerto Rico”.

El salubrista detalla en la exposición de motivos de la medida cómo distintas aseguradoras tienen participaciones como dueños o proveedores en subsidiarias u hospitales, lo que podría considerarse conflictivo.

Menciona que recientemente trascendió en la prensa el caso de radiólogos que llevan esperando dos años para que la Oficina de Asuntos Monopolísticos (OAM) determine si la aseguradora podía competir con sus propios proveedores de servicios de salud. La solicitud de investigación surgió debido a que se alega que la aseguradora ha montado sus propias clínicas de salud -denominadas Salus- en las que ofrece servicios de radiología a sus asegurados. Según el reportaje, la OAM aún se encuentra investigando el asunto, es decir, en dos años no se ha obtenido ninguna respuesta.

“Relaciones y transacciones como estas demuestran que la industria de seguros de salud ha visto un aumento en la práctica de las aseguradoras, sus dueños, socios y/o accionistas de adquirir participación económica o convertirse en dueñas de grupos médicos o facilidades de salud para bajar las contrataciones de proveedores externos, bajando sus costos y ofreciendo estas los servicios de salud directamente a sus beneficiarios. Esto le cierra la puerta a muchos proveedores y grupos médicos que no forman parte de la red de proveedores ya que las aseguradoras favorecen y contratan a los médicos y las facilidades con las cuales tienen un interés económico”, sostuvo el autor de la medida.

Para el legislador independiente no debe permitirse a los aseguradores, sus accionistas, ni socios tener participación alguna en la prestación de servicios que ellos mismos tendrán el deber de fiscalizar y/o pagar, “ya que tal acción sería un craso conflicto de interés y propendería a limitar el acceso a servicios con tal de proteger su interés económico, desembocando en situaciones monopolísticas”.

La medida senatorial propone, entre varias cosas, que, al momento de la aprobación de esta Ley, todo asegurador tendrá 60 días para suscribir una declaración jurada ante notario, suscrita mediante el representante que se delegue en la que declarará el interés económico que tiene la entidad jurídica y sus accionistas, oficiales, agentes, socios y directivos, así como sus parientes hasta el cuarto grado de consanguineidad y segundo por afinidad con algún proveedor de servicios de salud.

La declaración jurada deberá ser entregada a la OAM y copia de esta debidamente ponchada deberá ser entregada a la Oficina del Comisionado de Seguros de Puerto Rico y a la Administración de Seguros de Salud de Puerto Rico. Dicho requisito aplicará cuando igualmente cuando una persona o entidad jurídica solicite una nueva autorización de alguna entidad del gobierno los permisos para proveer servicios como asegurador.

Posterior a esto, el PS 1270 dispone como meta que a partir del 1ro de enero de 2025, ningún asegurador podrá tener interés económico en algún proveedor de servicios de salud, ya sea a través de la propia compañía, empresa subsidiaria, agente, accionista, socio, agente por comisión, o bajo cualquier puesto directivo, administrativo u oficiales. Esta prohibición se extenderá a los parientes de dichos accionistas, oficiales, agentes, socios y directivos hasta el cuarto grado de consanguineidad y segundo por afinidad.

Además, se establecen como penalidades la cancelación automática de todos los contratos con el gobierno de Puerto Rico, incluyendo aquellos contratos suscritos con la Administración de Seguros de Salud de Puerto Rico; la cancelación de la autorización de aquellos permisos, autorizaciones o licencias expedidas por el Comisionado de Seguros o la cancelación de todos los permisos de operación de todas las agencias del Gobierno de Puerto Rico a cualquier proveedor de servicios donde algún asegurador tenga interés económico. La desvinculación propuesta en la medida tendría la consecuencia no solo de retirar las licencias de proveedor donde haya interés económico, pero también retirar la licencia de servir como asegurador y procedería la cancelación de servicios con el Plan Vital.

Estas penalidades irían de la mano con las dispuestas en el Código Penal y de igual manera se debe complementar con el trabajo de la OAM del Departamento de Justicia.